Economía.- Un juzgado de Vitoria obliga a devolver a una pareja 21.025 euros invertidos en subordinadas de Eroski

Actualizado: martes, 9 diciembre 2014 12:55

Afirma que la entidad ofreció un producto financiero que "no era bueno ni apropiado" para sus clientes

VITORIA, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria ha declarado nulo el contrato de adquisición de Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS) de Eroski y ha obligado a Caja Laboral a devolver a un matrimonio los 21.025 euros invertidos en el producto, al considerar que suscribieron el contrato "sin pleno conocimiento ni constancia de lo que efectivamente firmaban".

La sentencia indica que el marido, un trabajador del metal "sin especiales conocimiento financieros o académicos", y la mujer, administrativa "sin estudio especiales ni generales de economía o derecho", mantenían una "estrecha relación comercial" con la entidad, al menos desde el año 1987, y habían contratado diversos productos financieros "siempre asesorados" por los gestores de Caja Laboral.

Además, señala que en junio del año 2007 suscribieron un contrato de adquisición de las AFS de Eroski, sin que nadie les informara del carácter perpetuo del producto, y lo contrataron por el asesoramiento del empleado de Caja Laboral, tras ser "convencidos de las bondades" del producto.

Tras recordar que las AFS "no son un producto para todo tipo de inversores", sino que se trata de una inversión "compleja y de riesgo", subraya que la pareja son inversores "minoristas no especulativos", que no querían comprometerse por más de cinco años, ya que, además de tener dos hijos, podrían necesitar el dinero en un futuro.

PRODUCTO "NO APROPIADO"

Por ello, considera que se suscribieron los contratos "sin pleno conocimiento ni constancia de lo que efectivamente firmaban", mientras que Caja Laboral ofreció un producto financiero que "no era bueno ni apropiado" para sus clientes.

El juez declara la nulidad del contrato de adquisición de las AFS de Eroski suscrito el 25 de junio de 2007, así como del contrato de depósito y administración de valores de 25 de enero de 2007.

Además, condena a Caja Laboral a devolver 21.025 euros más los gastos de custodia devengados. Las cantidades serán minoradas en los respectivos intereses que se hayan abonado. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

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