Actualizado 28/11/2008 19:18

Diez meses de libertad vigilada para un menor que causó lesiones a dos policías locales de Torrelavega (Cantabria)

SANTANDER, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la sentencia del Juzgado de Menores de Santander que condena a diez meses de libertad vigilada al copiloto de una motocicleta, menor de edad cuando sucedieron los hechos, por causar lesiones a dos policías locales de Torrelavega, a uno cuando dio una patada a su moto porque trataba de interceptarlo, y a otro cuando intentó meter en el vehículo policial.

La sentencia, que desestima totalmente el recurso de apelación de la defensa, además de condenarle a la citada pena por la comisión de dos delitos de atentado y dos faltas de lesiones, le impone indemnizar con 350 y 570 a cada uno de los dos agentes, en concepto de lesiones, y al Ayuntamiento de Torrelavega con 517 euros por daños que afectaron a la moto de los policías y a sus ropas.

La Audiencia considera probado que el 17 de mayo de 2007, sobre las nueve de la noche, el entonces menor circulaba como copiloto de un ciclomotor que conducía su hermano, también menor, por la avenida Fernando Arce de Torrelavega. Ambos iban sin casco y se saltaban los pasos de peatones, lo que hizo intervenir a una dotación de la Policía Local compuesta por dos motos, que con luces y sirenas dieron el alto a los jóvenes, que hicieron caso omiso.

Al intentar detener su marcha, y cuando una de las motos se colocó a la altura del ciclomotor, el acusado dio una patada a la parte delantera del vehículo policial, lo que hizo que el agente perdiera el control y cayera al suelo.

Los menores continuaron la marcha unos cinco metros y fueron interceptados por otro policía, que les retuvo hasta la llegada de refuerzos. Al intentar introducir al acusado en el vehículo policial, éste le agredió.

Como consecuencia de los hechos, ambos agentes sufrieron lesiones, el primero --que tuvo que ser trasladado en ambulancia al Hospital Sierrallana-- contusión en el hombro izquierdo, de la que tardó en recuperarse siete días, y el segundo erosión en el cuello y distensión ligamentosa de la muñeca izquierda, de las que se recuperó en 15 días, seis de los cuales no pudo trabajar.

Asimismo, la moto sufrió desperfectos por valor de 199 euros, al igual que el vestuario de los agentes, por importe de 217 euros.

La sentencia del Juzgado de Menores dice que el acusado, que había cumplido con anterioridad tareas socioeducativas, sufre "carencias en el establecimiento de pautas educativas, normativas y de control" y se valora la necesidad de intervenir "de una forma más global" con él.

La defensa presentó recurso de apelación basado en una pretendida ausencia de prueba de cargo, que serviría para fundamentar una hipotética infracción del "principio" de presunción de inocencia. En concreto, decía que la prueba testifical estaba "viciada" y no debería servir como prueba de cargo, criticando la indemnización por los guantes y la chaqueta de uno de los agentes y afirmando que las lesiones del agente que intentó introducirle en el coche se produjeron por un forcejeo con el menor, "al agredir el agente a éste".

En la sentencia, la Audiencia dice que el recurso está "abocado al fracaso" porque "contrariamente a lo que dice el apelante, ni hay vulneración o infracción del derecho constitucional a la presunción de inocencia, ni existe déficit de prueba". Por el contrario, afirma que la que se ha practicado "define claramente los hechos" y su valoración es "totalmente correcta".

Así, indica que la defensa parte de una premisa "errónea" como es que los agresores fueron los policías y no el menor, lo que "no se desprende de la prueba practicada". Tras recordar que los menores se encontraban infringiendo las normas de tráfico, apunta que la patada que dio el acusado a la moto policial es una acción "claramente constitutiva de un delito de atentado y además sumamente peligrosa", y recoge la agresión del menor al otro agente, cuando intentaba introducirle en el vehículo policial, hechos que presenció un testigo.

Afirma que está "acreditado" por los partes de asistencia hospitalaria y por los dictámenes del forense que los agentes sufrieron daños, como también lo está que los sufrieron la moto y las ropas.

Además, la Audiencia dice que la "versión" de los hechos que ofreció el menor es "inverosímil" y carece "de toda credibilidad". Por todo ello, manifiesta que el argumento de fondo esgrimido en el recurso puede considerarse "hasta temerario".

Respecto a las consideraciones de la defensa sobre las indemnizaciones, también dice que están "abocadas al fracaso" porque los daños "están objetivados en el atestado y han sido corroborados por informes y facturas"; pagos que tuvo que hacer el Ayuntamiento de Torrelavega, que tiene derecho a percibir indemnización por los mismos.

El argumento de que las lesiones del agente se las causó él mismo en el forcejeo, al igual que los daños en la ropa, "no merece comentario alguno" para la Audiencia porque "nadie, si está forcejeando con otra persona, se causa daños a sí mismo".

Además, sostiene que el hecho de que el menor actuó "de forma chulesca, agresiva y faltando al respeto y la obediencia" a la policía está "más que acreditado", tanto por las declaraciones de los agentes como del testigo.