Ocho meses de prisión por no abonar la pensión alimenticia de su hija menor de edad

Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 23 octubre 2008 19:12

SANTANDER 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

El magistrado del Juzgado de lo Penal número dos bis de Santander ha condenado, a ocho meses de prisión, a un hombre por impago de la pensión alimenticia que debía abonar a su ex mujer en beneficio de la hija menor de ambos.

La sentencia, hecha pública hoy, también condena al procesado, de 42 años de edad, y natural de Córdoba, a abonar a su ex mujer 2.934 euros, correspondientes a 18 cuotas impagadas de 163 euros mensuales.

El fallo señala que el acusado estaba obligado, por sentencia judicial de fecha 2 de mayo de 2002, a pagar a su ex pareja la cantidad de 163 euros mensuales en concepto de alimentos y en beneficio de la hija común y menor de edad.

Sin embargo, el procesado, conocedor de dicha obligación, no abonó pensión alguna durante los meses de julio, agosto, septiembre y diciembre de 2004, enero, marzo, abril, mayo y septiembre de 2005 y entre enero y septiembre de 2006.

La sentencia señala que durante ese período, el acusado figura dado de alta laboral o con prestaciones de desempleo y concluye que

tuvo "posibilidades reales y efectivas" de pago de las cantidades judicialmente fijadas, ya con pagos mensuales totales o incluso pagos parciales, y "no tuvo voluntad" de abonar lo estipulado.

Por ello, el juez le condena, como autor de un delito de abandono de familia por impago de pensiones, a la pena de ocho meses de prisión, y a abonar 2.934 euros a su ex mujer por el impago de la pensión durante 18 meses con el interés legal del dinero.

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