Clara Campoamor cree que la decisión de TS sobre 'el violador del ascensor' marca "un punto y a parte" para las víctimas

Europa Press Sociedad
Actualizado: viernes, 12 diciembre 2008 19:17

BILBAO 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

La presidenta de la asociación Clara Campoamor, Blanca Estrella Ruiz, mostró hoy su satisfacción por la decisión del Tribunal Supremo (TS) de aplicar la denominada 'doctrina Parot' sobre reducción de penas por beneficios penitenciarios a Pedro Luis Gallego, conocido como 'el violador del ascensor', ya que "marca un punto y aparte" en el reconocimiento de los derechos de las víctimas. Asimismo, consideró que supone "el primer paso" y anunció que solicitará su aplicación en otros casos.

En declaraciones a Europa Press, Ruiz se felicitó por el hecho de que el tribunal interprete el artículo 25 de la Constitución "como pide" la asociación que preside "desde hace 25 años" y destacó que la resolución del Supremo, que aplaza la salida de la cárcel de Gallego hasta 2022, "queda como jurisprudencia".

En este sentido, lamentó que, hasta ahora, "estábamos oyendo a la clase política hablando permanentemente sobre los derechos constitucionales de los violadores y asesinos peligrosos", en lugar de sobre "los derechos de las víctimas".

Según subrayó, "no puede ser que el estado democrático y la Constitución que hemos votado los españoles pueda permitir que, siendo conscientes de que lo van a volver a hacer, no cumpliendo las condenas a las que han sido condenados, les pongan en la calle". "Es un disparate democrático de envergadura", aseguró.

De este modo, se congratuló de que la Fiscalía General del Estado solicitara, "gracias al aval del ministro de Justicia", que se aplicara "la teoría que venía manteniendo la asociación" Clara Campoamor y por tanto no pudiera salir de prisión este mes, como en principio estaba previsto.

El acuerdo del Tribunal Supremo supone el rechazo del recurso interpuesto por el abogado de Gallego en contra del auto de la Audiencia Provincial de Burgos, que denegó su inmediata puesta en libertad, con lo que "ratifica la interpretación del artículo 25 tal y como lo interpretó el tribunal de Burgos y como llevamos 25 años interpretándolo los padres y las madres de las víctimas".

En su opinión, se "interpreta correctamente" el punto segundo de este artículo, que señala que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y añade que el condenado a pena de prisión que esté cumpliendo la misma "gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley Penitenciaria".

APLICACIÓN EN OTROS CASOS

De esta manera, añadió, se da "el primer paso", porque en su opinión "a partir de aquí todo va a ser distinto" y "lo que proclama" tanto la decisión de la Audiencia de Burgos como la del Supremo es que "las víctimas tienen derechos ante la Constitución y que ésta también se hizo para las víctimas" que, con estas resoluciones, "han sido reconocidas en sus derechos".

"Desde ayer se ha marcado un punto y a parte para las víctimas en sus derechos constitucionales", insistió Blanca Estrella Ruiz, que anunció que su asociación solicitará la "aplicación de esta sentencia" del Tribunal Supremo en otros casos como el de "Marutxi Rivas, Olga Sangrador, o las 'niñas de Alcacer', que ya está en marcha".

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