Publicado 07/02/2024 16:35

La Junta habilita una sala para los profesionales de la mediación laboral en el CMAC de Cádiz

La Junta habilita una sala para los profesionales de la mediación laboral en el CMAC de Cádiz
La Junta habilita una sala para los profesionales de la mediación laboral en el CMAC de Cádiz - JUNTA DE ANDALUCÍA

CÁDIZ, 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

El delegado territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta en Cádiz, Daniel Sánchez Román, junto al representante del Colegio de Graduados Sociales de Cádiz, José Blas Fernández, han visitado la sala habilitada en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC), ubicada en la sede de Cádiz de la calle Barbate, donde los profesionales del ámbito laboral podrán atender y reunirse con mayor comodidad y discreción con sus clientes en los momentos previos al acto de conciliación.

Daniel Sánchez ha manifestado su satisfacción por haber dado cumplimiento en esta sede "a una reivindicación histórica" de este colectivo de profesionales, como ha recogido en una nota la Junta de Andalucía.

Así, ha explicado que ante un conflicto laboral individual o colectivo, es necesario encontrar vías de solución extrajudicial que permitan una gestión rápida y eficaz del conflicto. Con este objetivo se realizan las actuaciones en los CMAC de cada delegación territorial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

En determinados supuestos es preceptiva la conciliación previa a la vía judicial, es decir hay que acreditar que se ha intentado la solución del conflicto en el CMAC antes de presentar la demanda ante la Jurisdicción Social. En concreto, en el caso de despido, de extinción de contrato, de reclamación de cantidad, en declarativas de derechos o en sanciones con despido.

El CMAC se encarga de gestionar los casos individuales de cada persona trabajadora, mientras que el Sercla (Servicio Extrajudicial de Resolución de de Conflictos Laborales) se dedica a los temas relacionados con los convenios colectivos y de algunas reclamaciones individuales incorporadas en el año 2009, como son las relativas a la clasificación profesional, la movilidad funcional y trabajos de superior o inferior categoría, la modificación sustancial de condiciones de trabajo, los traslados y desplazamientos, y el período de disfrute de vacaciones y licencias, los permisos y reducciones de jornada.