Actualizado 04/12/2015 15:34

La Junta dice que un cambio sobre valorización de residuos en Cosmos se estudiaría según la norma municipal

La cementera Cosmos
EUROPA PRESS/VOTORANTIM/ARCHIVO

CÓRDOBA, 4 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha manifestado este viernes que si el Ayuntamiento de Córdoba modificase sus normas de planeamiento territorial o urbanístico, o sus ordenanzas sobre usos industriales u otras normas dentro de su ámbito competencial, cualquier modificación futura de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la que dispone la cementera Cosmos, que incluye la valorización energética, "habría que estudiarla a la luz de la nueva normativa municipal".

En una nota, el Gobierno regional apunta que en el caso de dicha cementera, propiedad del grupo Votorantim, ubicada en la capital cordobesa, la instalación dispone de la AAI para "valorizar residuos no peligrosos como combustible alternativo a otro tipo de combustible, como puedan ser los combustibles fósiles, según una resolución de la Delegación Territorial --entonces Delegación Provincial-- de Medio Ambiente en Córdoba de 2006".

Al respecto, la Consejería ha señalado que "como no puede ser de otro modo, en su día, el Ayuntamiento de la capital cordobesa emitió un informe de compatibilidad urbanística en sede del procedimiento de tramitación de la dicha AAI".

Entretanto, aclara que en la tramitación de una AAI que incluye la valorización energética, la Junta "aplica y asegura el estricto cumplimiento de la normativa ambiental vigente", de manera que se cerciora de que "se emplean las mejores técnicas disponibles, aprobadas por la Comisión Europea en el sector".

Así, subraya que "el cumplimiento de la legalidad es la mejor fórmula para favorecer cuantas iniciativas empresariales sean susceptibles de crear empleo en la comunidad autónoma, en el marco de la sostenibilidad ambiental".

LA NORMATIVA

Entretanto, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resaltado que, a través de sus Delegaciones Territoriales, o en su caso, de los Servicios Centrales, ha autorizado "cuantas solicitudes de valorización energética le han sido cursadas, siempre y cuando las mismas se han ajustado a la normativa vigente".

La valorización energética viene contemplada dentro de la jerarquía en la prevención y gestión de residuos, artículo 8 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, como una de las opciones de gestión de los residuos, precedida por otras como son la prevención, la preparación para la reutilización o el reciclado, pero preferida en todo caso a la eliminación en vertedero.

Además, señala que la tramitación de una Autorización Ambiental Integrada requiere, como informe preceptivo y vinculante, el de compatibilidad urbanística, a otorgar por el Ayuntamiento en cuyo territorio vaya a ubicarse la instalación.

Este pronunciamiento de la institución municipal "influye decisivamente" en la resolución del procedimiento, puesto que "si no es favorable, el mismo debe archivarse", según indica la Consejería, que añade que disponer de AAI "no exime a la instalación de obtener cuantas licencias o autorizaciones sean necesarias para su legal funcionamiento, entre ellas, las que son competencia de los ayuntamientos, en cuyo término municipal se ubican".