Jóvenes estudiantes de alquiler durante su estapa universitaria. - JUNTA DE ANDALUCÍA
SEVILLA 19 Ago. (EUROPA PRESS) -
Los estudiantes andaluces buscan vivienda al inicio del curso académico y, según ha informado la Junta, existe una modalidad específica para estos casos --ya sea por estudios, vacaciones o trabajo temporal-- conocida como arrendamiento por temporada. Este tipo de alquiler se diferencia de los contratos habituales en que no tiene un límite mínimo o máximo de duración, sino que se acuerda entre arrendadora y arrendataria una duración concreta, que normalmente coincide con el periodo del curso académico.
Asimismo, la administración autonómica ha subrayado mediante nota de prensa que al ser el aspecto "más característico" de los alquileres por temporada, la duración debe quedar reflejada claramente en el contrato que se firme, donde también debe especificarse que no se busca la ocupación indefinida del inmueble o destinarlo a vivienda habitual. En este documento, debe constar además el domicilio habitual de la persona que alquila la vivienda y la dirección de su empadronamiento, además de la descripción del motivo del alquiler temporal.
La Dirección General de Consumo ha recomendado a los usuarios que realicen una búsqueda "lo más completa posible", valorando los diferentes precios, recabando la máxima información sobre la vivienda, con visita incluida --ubicación, habitaciones, mobiliario, cocina, enseres, suministros dados de alta, estado general del inmueble, etc.--. Asimismo, la Dirección advierte de que un precio "desproporcionadamente bajo" debe generar sospechas, ya que podría ocultar desperfectos en la vivienda o tratarse de una estafa.
El pasado 1 de julio entró en vigor la normativa que regula el Registro Único de arrendamientos y se crea la 'Ventanilla Única Digital de Arrendamientos' relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración. Este marco regulador busca aumentar la seguridad, transparencia y claridad en los contratos de este tipo de arrendamientos.
Con la puesta en marcha de la 'Ventanilla Única Digital de Arrendamientos', se crea un sistema digital obligatorio para registrar propiedades que se destinen a alquileres de temporada o de corta duración, así como las viviendas de uso turístico. La medida busca garantizar que los propietarios cumplan con las obligaciones fiscales y administrativas del sector, y el número de registro se puede obtener a través del Colegio de Registradores.
La Junta ha precisado que la persona arrendataria acordará con la arrendadora el precio del alquiler, y además podrán pactar cualquier tipo de garantía adicional. Igualmente, se ha recomendado conservar cada uno de los recibos o justificante de pago en concepto de renta. Si la formalización del contrato fuera a través de una empresa de arrendamiento, como una empresa inmobiliaria, la persona arrendataria tiene derecho a que se le entregue una copia del Documento Informativo Abreviado de la vivienda.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece para los alquileres temporales (uso distinto al de vivienda habitual) que la fianza sea de dos meses de renta.
Es aconsejable que la persona usuaria se asegure de que se deposite fianza en el correspondiente organismo de la Administración Autonómica. En Andalucía, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) es el ente instrumental de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y se encarga de la gestión en esta materia.
CONSUMO RESPONDE
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.
Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo 'consumoresponde@juntadeandalucia.es', ambos en horario de atención de 8,00 a 20,00 horas de lunes a viernes y de 8,00 a 15,00 horas los sábados --salvo festivos--; así como a través de la página web 'https://www.consumoresponde.es' ,y de los perfiles de X --@consumoresponde--, Facebook --www.facebook.com/consumoresponde-- e Instagram --@consumoresponde--.
Por último, la Junta ha recordado que cualquiera puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.