Publicado 04/07/2021 12:41

La Junta informa por carta a 250.000 potenciales beneficiarios del bono térmico, con ayudas de entre 25 y 123,9 euros

Gráfico de la Consejería de Igualdad sobre el bono social térmico.
Gráfico de la Consejería de Igualdad sobre el bono social térmico. - JUNTA DE ANDALUCÍA

SEVILLA, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (Assda), ha enviado una carta para informar sobre la concesión del Bono Social Térmico a las 250.000 personas potencialmente beneficiarias en Andalucía. En esta comunicación, además del importe de la ayuda, se indica los pasos a seguir para el cobro de la misma y los plazos para realizar el trámite.

El Bono Social Térmico consiste en ayudas económicas directas, complementarias al Bono Social Eléctrico, destinadas a las personas más vulnerables para compensar los gastos que ocasiona el uso de la calefacción, el agua caliente o la cocina, según ha informado la Consejería por medio de una nota.

El Real Decreto-Ley de 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de consumidores establece que las Comunidades Autónomas asumirán a partir de 2020 la gestión y el pago de estas ayudas, financiadas con cargo a los Presupuestos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Las ayudas varían entre 25 y 123,94 euros al año y se aplicarán según el grado de vulnerabilidad que la persona beneficiaria tenga recogido en el Bono Social Eléctrico y la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.

Para facilitar la tramitación de esta ayuda, se ha habilitado un espacio en la página web de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesyd...) para consultar toda la información relativa al Bono Social Térmico, donde se puede gestionar el abono de la ayuda vía telemática.

También se podrá gestionar la ayuda a través del teléfono gratuito 900 101 220, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. Para resolver cualquier duda se ha creado el correo bonosocialtermico.assda@juntadeandalucia.es.

La Assda ha diseñado un sencillo formulario para agilizar y facilitar al máximo la gestión del Bono Social Térmico a las personas que deseen tramitarlo de forma telemática.

Para solicitar el cobro de esta ayuda solo es necesario introducir el DIN/NIE y un número PIN de autentificación que se indicará en la carta de comunicación que recibirán en su domicilio todas las personas beneficiarias.

Deberán comprobar, modificar o introducir la cuenta bancaria (IBAN) en la que desean que se le realice el ingreso, sea de su titularidad o de alguna persona a la que autorice a recibir la transferencia en su nombre. La tramitación se puede hacer telefónica.

RENOVACIÓN AUTOMÁTICA SI ES BENEFICIARIO DEL BONO ELÉCTRICO

No es necesario solicitar el Bono Social Térmico, pues todas aquellas personas que tengan concedido el Bono Social Eléctrico a fecha 31 de diciembre lo recibirán automáticamente durante el año siguiente.

Para solicitar el Bono Social Eléctrico, los ciudadanos deben dirigirse a la empresa comercializadora de electricidad con la que tengan contratado el suministro de energía eléctrica.

La Consejería de Hacienda y Financiación Europea de la Junta de Andalucía recoge en su página web la información para consultar los requisitos para ser beneficiario del Bono Social Eléctrico y cómo solicitarlo.

Las personas beneficiarias del Bono Social Térmico recibirán un único pago anual que corresponde al abono del año 2020.

La gestión del pago se realiza a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por delegación de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía. Las personas beneficiarias de este bono dispondrán de plazo hasta el día 31 de julio para realizar el trámite del pago relativo a 2020.