Publicado 29/03/2026 12:29

La Junta recomienda precaución a usuarios ante prácticas irregulares en bares y restaurantes durante la Semana Santa

Archivo - Imagen de archivo de pareja pagando en un restaurante.
Archivo - Imagen de archivo de pareja pagando en un restaurante. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

SEVILLA 29 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha precisado a las personas consumidoras y usuarias cuáles son sus derechos cuando acuden a bares y restaurantes, especialmente en periodos de elevada actividad como las celebraciones y fechas como la Semana Santa, en las que se incrementan notablemente las reservas en establecimientos de restauración.

Tal y como ha concretado la Administración autonómica en una nota, la clientela debe contar siempre con "información clara, veraz y accesible" antes de contratar cualquier servicio, así como con la garantía de que no se aplicarán prácticas abusivas o contrarias a la normativa vigente.

En relación con las reservas, Consumo ha apuntado que los establecimientos no pueden cobrar un suplemento por el mero hecho de gestionarlas. No obstante, sí pueden solicitar una cantidad por adelantado para formalizar la reserva, siempre que esta se descuente posteriormente del importe total de la consumición. En cualquier caso, esta práctica debe comunicarse previamente de forma clara, indicando tanto la cuantía como las condiciones aplicables.

Asimismo, los bares y restaurantes pueden establecer condiciones en caso de cancelación de la reserva, especialmente cuando esta se produce "con escaso margen de tiempo". En todo caso, estas posibles penalizaciones deben haber sido informadas con anterioridad, detallando plazos, importes y circunstancias, de manera que la persona consumidora "pueda conocerlas antes de confirmar la reserva".

Otro de los aspectos clave según el Gobierno andaluz es la información sobre precios. Todos los productos y servicios ofertados deben figurar en la carta o lista de precios, incluidos conceptos como el pan, los picos o aperitivos similares. Su cobro será legal únicamente "si se ha informado previamente de forma visible y si el precio aparece reflejado de manera expresa".

En cuanto a los medios de pago, Consumo ha apostillado que los establecimientos no están obligados a aceptar el pago con tarjeta, aunque se trate de una opción muy extendida. En caso de no admitir este método, deberán advertirlo claramente con antelación. Sí están obligados, en cambio, a aceptar pagos en efectivo --con el límite legal establecido de mil euros-- y no pueden aplicar recargos adicionales por el uso de tarjeta bancaria.

Al hilo, la Dirección General de Consumo también ha advertido de prácticas que son contrarias a la normativa, como ofrecer la carta exclusivamente a través de códigos QR. La información sobre comidas y bebidas debe estar disponible en formato físico, sin perjuicio de que se ofrezcan alternativas digitales como complemento. Igualmente, esta información debe presentarse, como mínimo, en castellano.

Otra cuestión relevante es el derecho de la clientela a solicitar agua del grifo de forma gratuita. Los establecimientos no pueden obligar al consumo de agua embotellada si la persona usuaria solicita agua no envasada.

Del mismo modo, se ha afirmado que las propinas son siempre voluntarias y que ningún establecimiento puede imponer su pago ni incluirlas de manera obligatoria bajo conceptos como 'servicio' u otros similares.

Además, ante cualquier incidencia o si se detecta alguna práctica irregular, las personas consumidoras pueden solicitar la hoja de quejas y reclamaciones en el propio establecimiento. Asimismo, cuentan con el respaldo de los recursos públicos de consumo para tramitar sus reclamaciones o recibir asesoramiento.

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta.

Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo 'consumoresponde@juntadeandalucia.es', ambos en horario de atención de 8,00 a 20,00 horas de lunes a viernes y de 8,00 a 15,00 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web 'https://www.consumoresponde.es', y de los perfiles de X (@consumoresponde), Facebook ('www.facebook.com/consumoresponde') e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Sanidad, Presidencia y Emergencias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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