Actualizado 10/11/2015 15:23

La Junta simplifica trámites en el registro de transporte de animales vivos

Caballos, caballo, potro, equino, yegua
EUROPA PRESS

Adapta la normativa al reglamento europeo e incluye la inscripción de rehalas vinculadas a la actividad cinegética

SEVILLA, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha acordado este martes modificar el decreto que regula el registro de transportistas y medios de transporte de animales vivos, vigente desde mayo de 2010. Los cambios introducen medidas para la simplificación de trámites y adaptan los requisitos de inscripción a la normativa europea.

Respecto a la agilización de procedimientos, se reduce la carga de documentos adjuntos para la solicitud de autorización y se simplifica el relativo a la renovación, para la que sólo será necesaria una declaración responsable cuando no hayan variado las circunstancias que motivaron el permiso.

Por su parte, la adaptación a la normativa europea se refiere a la inclusión en el registro de los transportistas, contenedores y medios de transporte de rehalas, jaurías y recovas integrantes de asociaciones o federaciones vinculadas a la actividad cinegética.

La autorización e inscripción en este censo autonómico, obligatoria para poder iniciar la actividad, tiene una vigencia de cinco años renovables y es automática para los más de 3.000 profesionales y otros tantos medios de transporte que figuran en las bases de datos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.