Barcos pesquero, pesca - EUROPA PRESS - Archivo
SEVILLA 29 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha trasladado a mediados de agosto el periodo de cese temporal para la captura de pulpo con artes específicos en el caladero del Golfo de Cádiz, en base a una petición del sector pesquero, que solicitaba que, una vez concluida la cuarentena, la flota pudiera faenar sin tener que mantener dicho periodo, establecido del 1 de mayo al 15 de junio y del 15 de septiembre al 31 de octubre.
Así, tal y como viene recogido en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Pesca y Acuicultura ha acordado que este nuevo periodo tendrá lugar del 16 de agosto al 31 de octubre. De esta forma, durante el cese temporal queda prohibido usar, calar, mantener calados, o llevar a bordo artes específicos para la captura de pulpo.
En todo caso, las personas responsables de la embarcación están obligadas a retirar las artes de trampa que tengan caladas, de manera que el primer día del cese temporal no podrán tener arte alguno calado en el mar. En este periodo, se comprobará el cumplimiento de lo establecido en este artículo y, en el caso de que se detecte la presencia de artes calados en el mar, se procederá a la retirada de los mismos y a su destrucción, en su caso.
Para llevar a cabo esta modificación se ha tenido en cuenta el asesoramiento científico realizado por el Instituto Español de Oceanografía en su informe de marzo de 2020, así como el resto de información científica existente sobre el periodo de emisión de gametos del ciclo reproductivo de la especie pulpo (Octopus vulgaris).
En dicho informe, se afirma que tanto la evolución del porcentaje de hembras maduras como del índice gonadosomático durante las campañas de los últimos años (2017-2019), situaron un marcado pico entre los meses de agosto, septiembre y octubre.
Teniendo en cuenta la evolución y previsión de las capturas, así como el ciclo reproductor de esta especie, parecería indicado unificar ambos periodos de veda en un único periodo que cubriese los meses más importantes para la puesta, que transcurren de agosto a octubre.
Por ello, la Dirección General de Pesca y Acuicultura ha considerado adecuado adaptar el cese temporal para la captura de pulpo con artes específicos en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, hasta disponer de nueva información científica.
El incumplimiento de la resolución será sancionado de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina, y con lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 25 de abril de 2017.