Publicado 13/02/2021 11:00

Salud eleva en 10.000 euros el tope anual del complemento a funcionarios por tareas de la Red de Alerta fuera de horario

El consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre (i), conversa con el director gerente del hospital, Manuel Molina, durante la visita a las nuevas instalaciones del Hospital Infantil Virgen del Rocío. En Sevilla (Andalucía, España), a 27 de enero de 2021.
El consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre (i), conversa con el director gerente del hospital, Manuel Molina, durante la visita a las nuevas instalaciones del Hospital Infantil Virgen del Rocío. En Sevilla (Andalucía, España), a 27 de enero de 2021. - María José López - Europa Press

SEVILLA 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Salud y Familias ha acordado incrementar en 10.000 euros, hasta 18.000, el tope máximo de la remuneración que, al año, pueden cobrar por complemento de productividad funcionarios de dicho departamento que desempeñen fuera del horario laboral las funciones de la Red de Alerta del Sistema Sanitario Público de Andalucía, servicio que detecta e interviene "de manera urgente ante situaciones de riesgo, potenciales, reales o que generen alarma social, para la salud pública".

Así se recoge en una orden, de 29 de enero de 2021, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se modifica la Orden de 25 de junio de 2007, por la que se establecen los criterios de aplicación y valoración del complemento de productividad mediante método directo al personal funcionario de la Consejería que desempeñe las funciones de la Red de Alerta del Sistema Sanitario Público de Andalucía fuera del horario laboral.

La orden, consultada por Europa Press y en vigor desde el día siguiente de su publicación la semana pasada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), defiende el incremento del tope del importe total de las retribuciones percibidas, en cómputo anual, por el concepto de localización semanal por los integrantes de la Red de Alerta teniendo en cuenta el aumento de la actividad de dicho sistema.

Así, la Consejería argumenta en su orden que el desarrollo de la actividad de esta Red de Alerta "en el contexto no sólo de la pandemia de la Covid-19, sino también ante las diferentes alertas que recientemente se han vivido como la situación creada por la presencia del Virus del Nilo Occidental ('Virus West Nile') en nuestro territorio y lo acaecido ante el brote de Listeria, ponen de manifiesto que las estimaciones de guardias por parte de personas expertas de los diferentes ámbitos han quedado muy por debajo de las necesidades de guardias vividas ante las alertas mencionadas".

CUANTÍA AHORA "INSUFICIENTE"

Todo ello --continúa la orden, rubricada por el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre-- "ha llevado a considerar que el límite de financiación de los complementos de productividad, situado en 8.000 euros anuales para cada una de las personas que han debido hacerse cargo de las guardias más allá de su jornada laboral, es insuficiente, ya que han tenido que duplicar como mínimo su actividad fuera de la jornada laboral a lo largo del año, llegando al tope retributivo e impidiendo su continuidad en los turnos de guardia".

En consecuencia, "teniendo en cuenta que el número de profesionales que pueden realizar esta actividad es limitado, y sin que ello suponga un incremento sobre el coste de la productividad de las citadas guardias", la Consejería ha considerado procedente modificar la Orden de 25 de junio de 2007, "para incrementar este límite y poder realizar la actividad durante todo el año".

Asimismo, la Consejería ha decidido incrementar "los perfiles de los profesionales que deben hacer frente a esta tarea de participación de la Red de Alerta fuera del horario laboral, ya que las alertas pueden aparecer en otros ámbitos, como en el caso de la Listeria, que ha necesitado de la participación de los Laboratorios de Salud Pública".

Es más, la orden explica que, "generalmente, las intervenciones de los equipos de alerta conllevan el necesario apoyo de la realización de análisis en los Laboratorios de Salud Pública dependientes de la Consejería de Salud y Familias, análisis que requieren una respuesta urgente y proporcional a la alerta de Salud Pública", de ahí que la Consejería considere necesario incorporar profesionales de los citados laboratorios a dicha Red de Alerta.

De este modo, la nueva orden mantiene, como ya hacía la orden de 25 de junio de 2007 citada, que "la cuantía del módulo de localización semanal será de 1.178,50 euros y se abonará cuatrimestralmente", si bien introduce una novedad al precisar que, "en ningún caso, el importe total de las retribuciones percibidas por cada integrante de la Red de Alerta por este concepto podrá superar, en cómputo anual, la cantidad de 18.000 euros", que son 10.000 euros más del montante contemplado al respecto en la orden de 2007 que se ha modificado.

La nueva orden es "de aplicación al personal funcionario de los Servicios Centrales, de las Delegaciones Provinciales o Territoriales, así como de los Laboratorios de Salud Pública de la Consejería con competencias en materia de salud que, acreditando experiencia en investigación, gestión y comunicación de alertas en las áreas de epidemiología, seguridad alimentaria, sanidad ambiental, medicamentos y productos sanitarios, y efectos adversos derivados de la asistencia sanitaria, realice fuera del horario laboral" funciones como la de "detectar precozmente los problemas o situaciones de riesgo que requieren iniciar una investigación o intervención urgente".

También, para dichos funcionarios que se dediquen a "organizar el inicio de la respuesta adecuada para el control y minimización del daño --investigación y medidas de control iniciales--; alertar a los dispositivos sanitarios y organismos públicos y privados que deban intervenir en la resolución de una alerta; comunicar y valorar la alerta a la autoridad sanitaria, e informar a la población afectada o expuesta al riesgo cuando sea pertinente".

Entre otras cuestiones, la orden del pasado 29 de enero establece también que "la atención de las alertas fuera del horario laboral se realizará por módulos de localización rotatorios semanales mediante la constitución de equipos integrados por tres técnicos pertenecientes a la Unidad Central de Coordinación, uno con perfil de Epidemiología, otro con perfil de Protección de la Salud y otro con perfil de Laboratorios de Salud Pública, así como por dos técnicos, por cada una de las ocho unidades provinciales, uno con perfil de Epidemiología y otro con perfil de Protección de la Salud".

"La persona titular de la Dirección General competente en materia de Salud Pública podrá autorizar, en situaciones de necesidad, la constitución de otros equipos integrados por personal técnico de perfiles adecuados, personal que será funcionario con destino en los servicios centrales o provinciales de la Consejería de Salud y Familias", aclara también la orden.

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