Publicado 06/11/2023 11:29

Ospina Abogados.- Absuelto de una agresión sexual a una menor ante la falta de solidez del relato de la víctima

Archivo - Entrada de la Audiencia Provincial el día en que comienza el juicio a Julián O. P., conocido como el asesino del Grindr, a 11 de septiembre de 2023, en Madrid (España). Julián O. P., detenido en septiembre de 2021 por matar de 65 puñaladas a un
Archivo - Entrada de la Audiencia Provincial el día en que comienza el juicio a Julián O. P., conocido como el asesino del Grindr, a 11 de septiembre de 2023, en Madrid (España). Julián O. P., detenido en septiembre de 2021 por matar de 65 puñaladas a un - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo

Los magistrados exponen que la absolución se deriva de "la frustrada certeza de la culpabilidad"

MADRID, 6 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre que había sido acusado de un delito continuado de agresión sexual por presuntamente mantener relaciones sexuales con una niña de 12 años entre agosto y septiembre de 2022.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados acuerdan exonerar a Ángel A. A. del citado delito al considerar que la debilidad de la prueba no permite enervar su presunción de inocencia.

En el juicio, el fiscal solicitaba una pena de doce años de cárcel para el procesado, que negaba los hechos. Su defensa, el abogado Juan Gonzalo Ospina del despacho penalista Ospina Abogados, reclamó la nulidad del testimonio de la víctima por presuntas irregularidades en su comparecencia al no estar presente su madre, lo que incumple los protocolos en caso de menores.

"La debilidad de la prueba que sustenta la hipótesis acusatoria es, pues, aquí lo finalmente determinante, pues si bien es cierto que en la hipótesis defensiva también el Tribunal ha advertido algunas deficiencias, lo que exige el estándar de la prueba de más allá de cualquier duda razonable es la existencia de una suficiente prueba de cargo", recalca el fallo.

Los magistrados inciden en que "la absolución no se deriva de la prueba de una inocencia que constitucionalmente se presume, sino de la frustrada certeza de la culpabilidad".

Añade la Sala que "el relato de la menor ni estuvo dotado de la debida solidez ni se pudo contar con una pericial sobre la credibilidad del mismo que viniera a salvar dicho escollo", indicando que "no vino corroborado por algún elemento periférico".

El procesado, de 30 años y que cumplía desde hace un año prisión preventiva, denunció en el juicio presuntas amenazas por parte de la víctima y negó haber cometido las supuestas agresiones sexuales de las que le acusa el fiscal y la acusación particular.

Al parecer, el hombre conocía a la niña porque era la hija de un compañero de fútbol, un extremo que niega la menor. La supuestas violaciones no acreditadas se habrían cometido en la vivienda del encausado, vecino de una amiga de la víctima.

En su declaración, negó los hechos que se le imputan y atribuyó la acusación a un interés de la menor en conseguir dinero, reconociendo que la niña subió en una ocasión a su vivienda con otras personas a jugar a videojuegos.

Frente a ello, la menor ratificó la denuncia y narró que mantuvo al menos en cuatro ocasiones relaciones sexuales con el acusado, un contacto extraño que no le resultó divertido.

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