Abren expediente al Ayuntamiento de Santurtzi por colocar cámaras de videovigilancia de forma "ilegal", según ErNE

Actualizado: viernes, 30 octubre 2009 18:22

BILBAO, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

El sindicato independiente de la Ertzaintza, ErNE, informó hoy de que la Agencia de protección de Datos ha abierto procedimiento de infracción al Ayuntamiento de Santurtzi por colocar cámaras de videovigilancia "de forma ilegal" y advirtió de que la sanción podría llegar hasta los 300.506 euros.

En un comunicado, ErNE recordó que el Ayuntamiento de Santurtzi colocó a finales de 2008 una cámara de seguridad para controlar el acceso al armero de la comisaría. Sin embargo, explicó, "su campo de visión incluía el reloj de fichar a la hora de entrada y salida, y el acceso al vestuario femenino, viéndose su interior al abrirse la puerta".

La sección sindical de ErNE en Santurtzi, tras diversas denuncias verbales "sin obtener respuesta", presentó escrito al Ayuntamiento en febrero denunciando esta situación, "pero no se obtuvo respuesta al mismo ni se modificó la orientación de la cámara".

Ante esta actitud, ErNE explicó que presentó en mayo una denuncia ante la Agencia de Vasca de Protección de Datos, "durante cuya tramitación la Viceconsejería de Interior emitió un informe en el que señala que la Comisión de Videovigilancia y Libertades había informado acerca de dicha cámara y la instalación de la misma no había sido autorizada por el viceconsejero de Seguridad, siendo improcedente la inscripción en el registro de Autorizaciones de instalaciones fijas de videocámaras del Departamento de Interior del Gobierno vasco".

El sindicato señaló que, "ante esta evidencia, y mediante resolución de fecha 21 de octubre", la Agencia Vasca de Protección de datos acordó iniciar "procedimiento de infracción al Ayuntamiento de Santurtzi".

ErNE advirtió de que, según la propia Agencia Vasca de Protección de Datos, "los hechos descritos pueden ser constitutivos de una conducta contraria a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, tipificada como infracción grave en el artículo 22.3 c) de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de ficheros de datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos".

Asimismo, añadió que, "según señala el artículo 23 de la misma Ley, las infracciones graves serán sancionadas con multa de 60.101,21 a 300.506,05 euros".

"Si bien a fecha de hoy ya ha sido corregida la deficiencia denunciada por Er.N.E., el Ayuntamiento de Santurtzi deberá responder por colocar cámaras de videovigilancia de forma ilegal", concluyó.