El BOPV publica el decreto para las ayudas a jóvenes de entre 18 y 39 años en la compra de su primera vivienda

Las entidades financieras pueden adherirse a la iniciativa a partir de este martes y deberán firmar un convenio con el IVF

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Europa Press País Vasco
Publicado: lunes, 4 agosto 2025 18:59

BILBAO, 4 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) ha publicado este lunes el decreto de avales para ayudar a los jóvenes de entre 18 y 39 años en la compra de su primera vivienda. Con una dotación de 144 millones de euros, se pretende completar la financiación hipotecaria de estas personas jóvenes que, pese a ser solventes, no disponen del ahorro previo necesario.

Las entidades financieras podrán adherirse a la iniciativa a partir de este martes y deberán firmar un convenio con el Instituto Vasco de Finanzas (IVF).

Tal como establece el decreto del Gobierno Vasco, el aval cubrirá desde el 80% hasta el 100% del valor mínimo entre tasación y compraventa. El valor del 20% es el que normalmente no cubren las hipotecas otorgadas por las entidades financieras o bancos, y será para inmuebles nuevos o de segunda mano ubicados en Euskadi, con un precio máximo de compra de 340.000 euros.

Podrán beneficiarse de esta medida aquellas personas que hayan residido en Euskadi al menos dos de los últimos cinco años y cuyos ingresos no superen los 50.400 euros anuales en caso de ser solicitante único o 86.400 euros si se trata de dos.

Las personas interesadas podrán solicitar el aval a las entidades financieras, una vez que estas hayan firmado el correspondiente convenio de colaboración con el Instituto Vasco de Finanzas (IVF). A partir de este martes los bancos podrán solicitar su adhesión a esta iniciativa y suscribir el acuerdo con el IVF.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2029 o en el momento en que se agote el importe establecido. La solicitud deberá ser resuelta en el plazo máximo de seis meses desde su presentación.

PROCEDIMIENTO

El procedimiento para acceder al aval del Instituto Vasco de Finanzas se iniciará con la presentación de la solicitud de financiación de las personas interesadas en la entidad financiera, que deberán facilitar la acreditación del cumplimiento de los requisitos requeridos.

La entidad financiera decidirá sobre la concesión o denegación de la operación de financiación de acuerdo con sus procedimientos internos y usos bancarios, respetando, en todo caso, la finalidad y la totalidad de condiciones y requisitos establecidos en el Decreto regulador del programa. El IVF no intervendrá en el estudio y aprobación o denegación de las operaciones de financiación.

La financiación se instrumentará en el correspondiente contrato de préstamo con garantía hipotecaria entre la persona solicitante y la entidad financiera. La obtención del aval del Instituto Vasco de Finanzas estará sujeta a la concesión por parte de la entidad financiera de un préstamo de importe igual o superior al 80% del Valor de Referencia del inmueble.

El aval entrará en vigor cuando se formalice la escritura del préstamo hipotecario y no tendrá ningún coste para la persona beneficiaria ni se le podrá repercutir penalizando las condiciones de financiación ofrecidas por la entidad, a excepción de detectarse un incumplimiento de los requisitos.

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