El nuevo reglamento de la Denominación de Origen Ribera del Guadiana y de su Consejo Regulador entra en vigor mañana

Europa Press Extremadura
Actualizado: jueves, 30 julio 2009 17:56

MÉRIDA 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

El nuevo reglamento que regulará la Denominación de Origen Ribera del Guadiana y su Consejo Regulador, que permitirá una Adaptación al marco normativo nacional (ley de la Viña y el Vino del 2003) y comunitario (derivado de la aprobación de la nueva OCM del Vino), entrará en vigor mañana viernes, tal y como se publica hoy en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).

Asimismo, el nuevo reglamento, propuesto por el Consejo Regulador de la citada Denominación de Origen, incluye modificaciones de algunos aspectos técnicos recogidos en el anterior marco regulador, para aprovechar la experiencia de la gestión de estos años.

El decreto que aprueba el nuevo reglamento regula las medidas de protección de la Denominación Origen, identifica las zonas de producción y las variedades de uva amparadas bajo dicho sello de calidad, así como las prácticas de cultivo y normas de envasado.

Del mismo modo, el texto recoge los requisitos específicos de producción, elaboración y comercialización de los caldos acogidos a la Denominación de Origen. según informó la Junta en nota de prensa.

Concretamente, el nuevo reglamento reconoce seis zonas de producción de uvas para la elaboración de vinos amparados por la Denominación de Origen, que son la Ribera Alta, Tierra de Barros, Matanegra, Ribera Baja, Montánchez y Cañamero, que en total agrupan a 126 municipios extremeños.

En cuanto a las variedades de uva, reconoce 17 variedades para el caso de uva blanca y trece para tinta. Junto a ello, también se regula la producción máxima por hectárea que no podrá superar los 10.000 kilos de uva para las variedades tintas y 12.000 kilos para las blancas.

El nuevo texto detalla además las zonas y técnicas de elaboración del vino, la zona de envejecimiento, las características físico-químicas y organolépticas que deben cumplir los vinos, así como las condiciones y requisitos de etiquetado y envasado, entre otros aspectos.

Por otra parte, el nuevo decreto regula la constitución del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribera del Guadiana como entidad pública sin ánimo de lucro, bajo la tutela de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural y como colaborador de la misma. Entre sus funciones, destacan especialmente la defensa de la Denominación de Origen así como la aplicación y vigilancia del cumplimiento de su reglamento.

El decreto publicado hoy será remitido por la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural en el plazo de un mes a la Administración Central del Estado.

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