La Xunta recuerda a los municipios que está prohibida la pirotecnia en áreas con riesgo extremo de incendios

Publicado: jueves, 14 julio 2022 18:20

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Consellería do Medio Rural ha enviado circulares a los ayuntamientos gallegos para recordarles la prohibición del uso de fuegos de artificio y pirotecnia en terrenos forestales o de influencia forestal en aquellas áreas en las que el índice de riesgo de incendios sea extremo. Así lo recoge la Ley de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

En las misivas remitidas a los consistorios, se apela a tener en cuenta el índice de riesgo diario de incendio forestal (IRDI), que es la expresión numérica que traduce el estado de la biomasa forestal y de la meteorología en un momento dado, de modo que se puedan prever las condiciones de inicio y propagación de un incendio.

El IRDI establece, para cada una de las épocas de peligro, el riesgo diario de ocurrencia de incendio forestal, cuyos niveles son bajo (1), moderado (2), alto (3), muy alto (4) y extremo (5).

Asimismo, se apunta a lo que establece a Ley de prevención y defensa contra los incendios forestales en su artículo 37.1. En concreto, que en todos los terrenos forestales y zonas de influencia forestal, durante la época de peligro alto, los artefactos que lleven aparejado el uso del fuego, así como la utilización de fuegos de artificio, el lanzamiento de globos y de otros artefactos pirotécnicos, que en todos los casos estén relacionados con la celebración de fiestas locales o de arraigada tradición cultural, están sujetos a la autorización previa del respectivo ayuntamiento, que incluirá las medidas específicas de seguridad y prevención idóneas.

El ayuntamiento comunicará las autorizaciones al distrito forestal correspondiente a su ámbito territorial con 48 horas de antelación como mínimo.

En esa línea, en caso de que el índice de riesgo diario de incendio forestal sea extremo, el ayuntamiento no podrá autorizar la utilización de artefactos que lleven aparejado el uso del fuego, fuegos de artificio, globos y artefactos pirotécnicos.

En los casos de que el índice de riesgo diario de incendio forestal sea extremo el día de la celebración, se entenderán revocadas las autorizaciones emitidas con anterioridad.

PERSONAL AUTORIZADO

En la misiva, se apunta que los lanzamientos de fuegos de artificio o artefactos pirotécnicos en los terrenos forestales y en las zonas de influencia forestal solo podrán ser realizados por personal autorizado de las empresas que figuren en el registro sectorial de esta actividad.

Además, los fuegos de artificio y artefactos pirotécnicos deberán emplear materiales ignífugos, o bien ignifugados.