Condenado a 20 años por el asesinato con alevosía de su exnovia en Ponte Sampaio

Actualizado: martes, 10 enero 2017 17:24

   PONTEVEDRA, 10 Ene. (EUROPA PRESS)

 La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 20 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía con la agravante de parentesco a Juan Antonio Lusquiños Bustelo, conocido como 'Coco', considerado culpable por un jurado popular de haber acabado con la vida de su exnovia Conchi Reguera Peón en la parroquia pontevedresa de Ponte Sampaio en la madrugada del 24 de octubre de 2015.

   En la sentencia, recogida por Europa Press, los magistrados de la Sección Segunda también le prohíben residir y acudir a la parroquia de Ponte Sampaio, al lugar de Acevedo y a la ciudad de Pontevedra, durante el tiempo de 25 anos. También le imponen la medida de seguridad de libertad vigilada durante ocho años respecto a los padres y hermanos de la víctima.

   El acusado, asimismo, ha sido condenado a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de seis euros, por el robo del coche de la madre de la víctima, en el que Lusquiños huyó del lugar del crimen tras matar a su expareja.

RESPONSABILIDAD CIVIL

   En concepto de responsabilidad civil, Juan Antonio Lusquiños deberá indemnizar a los padres de la víctima en 60.000 euros para cada uno de ellos, y a sus tres hermanos en 20.000 euros para cada uno. La víctima estaba soltera y no tenía hijos. Del mismo modo, a la propietaria del coche sustraído le corresponde una indemnización de 600 euros.

   Las partes podrán interponer recurso de apelación contra esta sentencia ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

   El abogado que ejerció la defensa del acusado consideró que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio por el que pidió una condena de diez años. Durante la vista oral destacó que el procesado mostró su arrepentimiento, confesando los hechos, además de sufrir graves problemas psiquiátricos, "que por desgracia influyeron de forma decisiva en los hechos", y en consecuencia modificaban su responsabilidad criminal como atenuantes.

SIN "COLABORACIÓN RELEVANTE"

   Sin embargo, la sentencia concluye que no considera que haya supuesto ninguna "colaboración relevante para la Justicia" que el acusado reconociese "a su modo y no completamente, los hechos cuando fue detenido", puesto que, en ese momento, ya se sospechaba de su participación en los hechos y se habían abierto actuaciones judiciales contra él.

   El juicio se inició el pasado 12 de diciembre y a su conclusión el jurado emitió un veredicto por unanimidad en el que declaró a Juan Antonio Lusquiños culpable de asesinato al considerar probado que el acusado era responsable de "causar la muerte voluntaria e intencionada" de su víctima a navajazos. Además, sostuvo que lo hizo "de manera sorpresiva, sin que tuviera posibilidad ninguna de reaccionar por lo inesperado y repentino de la acción".

   Lusquiños dio muerte a su expareja, según el fallo judicial, en plenas facultades mentales, por sorpresa y de forma brutal. Le apuñaló una veintena de veces y tan solo dejó de hacerlo porque un hombre, alertado por los gritos de la víctima, descubrió lo que hacía "y no porque quisiera hacerlo voluntariamente".

   El acusado, según recuerda el tribunal, mantuvo una relación sentimental con la víctima durante nueve meses, a la que ella puso fin dos meses antes del crimen, una ruptura que éste "no había aceptado de buen grado".