Parque eólico Iberdrola
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 23 agosto 2012 16:32

Critica a Industria por "gravísimo desconocimiento legal", ya que "una norma posterior no invalida una sentencia sobre hechos anteriores"

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 23 Ago. (EUROPA PRESS) -

   Anova advierte de que la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), del 24 de julio, que anula la suspensión del concurso eólico del bipartito, "una vez firme, obligaría necesariamente a continuar con dicho concurso".

   En este sentido, critica el "gravísimo y temerario desconocimiento de la normativa legal" por parte de la Consellería de Economía e Industria, que asegura que dicha resolución del TSXG "no tiene ningún efecto práctico" sobre la aplicación del actual concurso.

   "La Xunta del PP no solo adoptó en 2009 una decisión manifiestamente ilegal sino que ahora declara que la sentencia que anula tal decisión es irrelevante", censura la formación que lidera Xosé Manuel Beiras a través de un comunicado. "Algo muy propio de quien actúa continuamente en contra de la legalidad y del interés general", incide la organización, que este miércoles remitió a los medios el fallo del TSXG.

   A este respecto, Anova se basa en el artículo 192.2 de la ley de contratos de las administraciones públicas para subrayar que el concurso eólico del bipartito "ya había sido objeto de adjudicación provisional y que por tanto no puede ser objeto de renuncia por la Xunta".

   Dicha ley establece que la renuncia a la celebración del contrato o la desistencia del procedimiento solo podrán ser acordados por el órgano de contratación "antes de la adjudicación provisional".

   Así, tras atribuir "incompetencia e ineptitud" al conselleiro Javier Guerra, del que exigen su dimisión o cese, Anova argumenta que el hecho de que la norma legal que amparaba dicho concurso fuese derogada por la ley aprobada en 2009 "en nada afecta" al fallo de la sentencia. "Cualquier ciudadano sabe, excepto el conselleiro, que una norma posterior no invalida una sentencia dictada sobre hechos anteriores".

DOS OPCIONES

   De este modo, apunta dos opciones para la Xunta: "o bien la consellería ejecuta la sentencia y continúa con el concurso eólico, ilegalmente suspendido, o bien plantea ante el TSXG un incidente de imposibilidad legal para su inejecución, en base al nuevo marco legal de la ley de 2009".

   "Y será el TSXG, y no el conselleiro, el que decida si concurre tal imposibilidad legal o no para inejecutar la sentencia", remarca. "Debería saber el señor Guerra que cuando un tribunal resuelve la imposibilidad legal de inejecutar una sentencia lleva aparejado en estos casos indemnización por daños y prejuicios", concluye, y vuelve a esgrimir un artículo de la ley, en este caso, de la jurisdicción contencioso-administrativa (el 105.2).

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