VIGO, 8 May. (EUROPA PRESS) -
La Junta Electoral de Zona de Vigo ha propuesto en una resolución que se sancione al alcalde, el socialista Abel Caballero, con 3.000 euros, por contravenir la ley que regula el proceso electoral con un acto celebrado el día 14 de abril en dependencias municipales, que había sido denunciado por el PP, y que tendría el carácter de "prohibido".
En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se constata que las pruebas documentales aportadas "prueban claramente" que Caballero, al reunirse con representantes de diversos colectivos sociales, en su mayor parte "personas de avanzada edad, valorando los logros de su gobierno y destacando las inversiones efectuadas en programas para mayores" acometió una actuación "prohibida".
La resolución recuerda al argumentar esta propuesta de sanción, que Caballero es, además, "un político de larga trayectoria profesional y que ya ha sido objeto de actuaciones anteriores" de la Junta Electoral de Zona de Vigo, en otras citas con las urnas, con lo que sería "plenamente conocedor" de la ley electoral.
Según consta en la propuesta de resolución, el 15 de abril el PP presentó la denuncia en relación a este acto en el que, durante una reunión con representantes de "numerosos colectivos en dependencias municipales", hizo "un balance de las actuaciones efectuadas" por el gobierno municipal "destacando las inversiones en programas para mayores".
El 16 de abril, también un representante provincial del Movimiento Red formalizó una queja contra el regidor vigués por los mismos hechos.
ALEGACIONES
Ante estas denuncias, la Junta Electoral hace constar que Caballero presentó sendos escritos, "con idénticas alegaciones", en las que daba por "cierto" que el 14 mantuvo "una reunión de trabajo" con personas integradas en distintos colectivos sociales que, "en su mayor parte, incorporan a personas de avanzada edad".
Matizó el regidor, según el documento, que este encuentro se enmarcaba en un contexto de "información a colectivos, de comunicación directa, inmediata y eficaz, imprescindible en el funcionamiento de los servicios públicos", en la que se habría informado a los asistentes de las convocatorias en tramitación y de las próximas, además de advertirse de los plazos perentorios de solicitud.
Según las mismas alegaciones, "no hubo alusión ni mención a los logros, resultados o éxitos de su gestión" y, por tanto, no se habría dado "infracción alguna" de la ley electoral.
La Junta Electoral no ha dado por válidos los argumentos del alcalde y se ha ratificado en que las "pruebas documentales aportadas" evidencian que "valoró" los logros de su gobierno y destacó inversiones en este encuentro, por lo que habría participado en un acto "prohibido". Así, propone la sanción de 6.000 euros.