El TS eleva a 4 años de cárcel la pena a dos independentistas gallegos que trataron de atentar contra una inmobiliaria

Actualizado: lunes, 31 mayo 2010 17:09

La AN los había condenado a un año de cárcel por un delito de daños en grado de tentativa tras ser interceptados con material explosivo

MADRID/SANTIAGO, 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda del Tribunal Supremo eleva de uno a cuatro años de prisión la condena a dos independentistas gallegos, José Manuel Sánchez Gorgas y Santiago Vigo Domínguez, como coautores de un delito de tenencia de explosivos.

La Audiencia Nacional los condenó el 7 de octubre de 2009 a un año de cárcel por un delito de daños en grado de tentativa. La sentencia considera un hecho probado que ambos individuos pretendían atentar contra una inmobiliaria y un edificio en construcción en Galicia.

El Ministerio Fiscal interpuso un recurso sobre la sentencia de la Audiencia basándose en un único motivo, considerando que se inaplicaron los artículos 568 y 8.4 del Código Penal y se aplicaron indebidamente los artículos 16 y 266.1 en relación con el artículo 577. Sánchez Gorgas también recurrió, pero en sentido contrario.

NO ES TENTATIVA

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Bacigalupo Zapater, estimó el recurso de la Fiscalía y desestimó el del condenado. Asimismo, recogió que "no ofrece ninguna duda" que el artículo 266.1 del Código Penal "no puede ser aplicado en este caso en grado de tentativa porque "los acusados no han dado comienzo a la ejecución del hecho típico", es decir, tenían el plan de hacerlo pero "no llegó a tener comienzo de ejecución".

En este sentido, considera el Tribunal Supremo que la tenencia de esos explosivos para utilizarlos en una campaña llevada a cabo por la organización 'Resistencia Gallega' debió ser subsumida en el artículo 568 del Código Penal, pues no contaban "con autorización legal ni de la autoridad competente y su finalidad era la de alterar el orden y la paz pública".

Por este motivo, el fallo del tribunal condena a cuatro años de prisión, inhabilitación especial y absoluta durante 12 años y al pago de la mitad de las costas procesales a cada uno como coautores de un delito de tenencia de aparatos explosivos del artículo 568 del Código Penal.

TRES BOMBAS EN EL COCHE

Como hechos probados, se recoge que el 14 de diciembre de 2007, la Guardia Civil observó un coche con dirección Porto do Son (A Coruña) con dos personas que "parecían tratar de ocultar algo" en su interior.

Al observar una conducta sospechosa, los agentes se acercaron y encontraron, bajo el asiento delantero izquierdo, una mochila con un papel triangular en el que se leía 'peligro bomba' y bajo el asiento derecho delantero, otra mochila y dos relojes despertadores modificados al haberse acoplado dos enchufes y dos rollos de cinta aislante.

Además, en el maletero apareció otro artefacto explosivo, de forma cilíndrica que "iban a colocar junto a las instalaciones de una inmobiliaria y un edificio en una campaña llevada a cabo por 'Resistencia Gallega' contra la especulación inmobiliaria". En sus domicilio hallaron, entre otra documentación, pegatinas y panfletos de 'Resistencia Gallega', un comunicado de los independentistas gallegos, logotipos comunistas, una ikurriña con el logotipo de ETA y el logotipo de la banda terrorista Grapo.