SANXENXO (PONTEVEDRA), 10 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Sanxenxo ha recibido una comunicación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la que desestima los recursos presentados por la vecina de Sanxenxo Aparición Sueiro Rey contra diversos aspectos del Plan General de Ordenación Municipal (PGOM), aprobado en marzo de 2003.
"La pretensión principal de la demandante no era otra que la anulación del acuerdo contra el que interpuso recurso en todos sus apartados, alegando su no adecuación a derecho", señalaron fuentes de la Corporación municipal. Los recursos indicaban además que, desde la aprobación inicial del PGOM se introdujeron en el plan modificaciones sustanciales que exigían un nuevo trámite de información pública.
Mediante una alegación presentada ante el Ayuntamiento de Sanxenxo en septiembre de 2002, Sueiro Rey sostenía que unos terrenos de su propiedad, ubicados en la zona de Cabicastro-Canelas, en la parroquia de Adina, habían recibido por los redactores del PGOM un trato desigual al dispensado a las fincas de otros propietarios.
El tribunal explica que la finca de la actora "ha sido clasificada como suelo urbanizable, al igual que los terrenos que se dice tienen las mismas características que el terreno" de su propiedad.
"La clasificación de ese suelo, como sectorizado o no, deriva del compromiso de urbanización por parte de su titular, compromiso que los demandantes no asumieron en su momento, por lo cual no pueden reclamar el mismo trato que quien sí lo hizo, ya que la situación no es la misma", replicó el Gobierno municipal.
En su día la Administración local desestimó dicha alegación por aumentarse "injustificadamente" la densidad de edificación en la zona. Los jueces, cinco años después, han dado la razón al Ayuntamiento de Sanxenxo.
CONVENIO URBANÍSTICO.
Otra alegación de la demandante se refería al convenio urbanístico firmado entre el ayuntamiento y una entidad comercial, incluido en el PGOM. Los recursos presentados lo calificaban de "ilegal" y "perjudicial" para sus propios intereses, al existir una finca de su propiedad de 31.000 metros cuadrados en las proximidades que se ha incluido en la zona de equipamientos.
"La argumentación por parte de la demandante incidía en que el área comercial a la que se refiere el convenio carece de autorización expresa de la Administración autonómica, si bien los fallos judiciales indican que no se puede entender de ese modo", explicaron las fuentes municipales consultadas.
Además, afirmaron que la licencia autonómica "sí es preceptiva" para la instalación o ampliación de grandes áreas comerciales pero no lo es para que los planeamientos urbanísticos puedan prever determinadas superficies de uso comercial. Asimismo, la clasificación del PGOM como comercial es requisito indispensable del suelo en cuestión para la ulterior licencia de la Xunta.
Otra cuestión que rebatía Aparición Sueiro es la imposición, por parte del PGOM, de la obligatoriedad de trasladar, dentro de la misma finca, un hórreo de su propiedad situado en el centro de la villa de Portonovo, para así poder ampliar un callejón ubicado entre las calles Méndez Núñez y San Roque.
Al tener en cuenta que el hórreo es el único elemento catalogado de la casa como bien cultural, el TSXG señala en su pronunciamiento que "la estrechez de la vía inmediata" y la ausencia de "datos que permitan deducir que el traslado del hórreo puede afectarle de algún modo" avalan su decisión de no considerar esta premisa como contraria a la protección de los bienes de interés cultural.
El escrito de alegaciones que el TSXG desestima en todos sus puntos también hacía referencia a otros aspectos, tales como la financiación de las actuaciones previstas en el PGOM y los equipamientos deportivos y similares que se incluyen en el planeamiento municipal.