SANTIAGO DE COMPOSTELA 7 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) eleva al Tribunal Constitucional (TC) la disposición adicional 3ª de la Ley de Derecho Civil de Galicia y la ley que la reforma, de 2006 y 2007 respectivamente, para aclarar si este precepto normativo --relativo a las parejas de hecho-- se ajusta a criterios de "constitucionalidad".
Así, el TSXG ha decidido trasladar este planteamiento tras haber surgido dudas de la adecuación de la normativa a la Constitución española durante la deliberación de dos recursos, en la Sala de lo Civil y Penal de este tribunal. En concreto, el alto tribunal gallego apunta que podría colisionar con el artículo 149.1 8º sobre la competencia exclusiva del Estado en legislación civil y relaciones jurídico-civiles relativas al matrimonio.
Según la sala, en estas normativas aprobadas por la Cámara autonómica se crea una nueva forma de matrimonio y de celebración que "quiebra la garantía constitucional de la unidad del sistema matrimonial". De esta manera, los magistrados entienden que "el se ha excedido en la competencia que la Constitución y el Estatuto de Autonomía le confieren" al legislador gallego para desarrollar el derecho civil propio de la comunidad.
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