El Govern aprueba dos decretos para desplegar la Ley de Servicios Sociales de Baleares

Actualizado: martes, 29 diciembre 2009 14:34

PALMA DE MALLORCA, 29 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Govern aprobó hoy, a propuesta de la Conselleria de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, dos decretos que permitirán desplegar la Ley de Servicios Sociales, el de creación del Comité de Evaluación de Necesidades Sociales -indispensable para poner en marcha la cartera básica de servicios sociales- y el del Consejo de Coordinación de Bienestar Social de las islas.

En rueda de prensa posterior, la portavoz del Ejecutivo autonómico, Joana Barceló, explicó así que el primero de estos órganos será imprescindible a la hora de aprobar y poner en marcha la cartera básica, que actualmente se está elaborando, ya que debe emitir un informe favorable. Tal y como recordó, esta cartera incluirá varios servicios -como por ejemplo una plaza en un comedor social- y derechos -como una ingesta mínima de alimentos garantizada- que la población balear podrá exigir a las administraciones, en cumplimiento de lo que establece esta normativa.

En concreto, el Comité de Evaluación de Necesidades Sociales, cuya creación se estipula en el artículo 45 de la Ley de servicios sociales, es el órgano técnico encargado de estudiar las necesidades sociales de la población y de evaluar la eficiencia y la calidad del sistema de servicios sociales. De este modo, su papel es conocer las necesidades actuales y futuras de atención social de la ciudadanía, los factores y las causas que inciden en estas necesidades y estudiar sistemas organizativos, de gestión y económicos de los servicios sociales existentes y los que se puedan implantar en el futuro.

Según señaló la portavoz, sus funciones son, entre otras, evaluar permanentemente las necesidades sociales a partir de la información cuantitativa y cualitativa disponible, para el conjunto de la población para colectivos específicos; emitir informes sobre las nuevas necesidades sociales detectadas, que pueden incluir recomendaciones y pautas de actuación futuras del sistema de servicios sociales, y elaborar informes y estudios sobre programas y prestaciones que pueden dar respuesta a los nuevos retos que hayan de afrontar los servicios sociales.

Igualmente, el decreto establece otras funciones como las de elaborar propuestas sobre ratios profesionales para dar cobertura a las necesidades de servicios y prestaciones; hacer evaluaciones sobre ámbitos temáticos de los servicios sociales y emitir los informes correspondientes, hacer estudios de satisfacción de las personas usuarias de los servicios sociales e informar sobre la cartera básica de los servicios sociales y las modificaciones que se produzcan en el contenido.

El Comité estará integrado por un presidente, un vicepresidente y un secretario; igualmente, funcionará en pleno y a través de las ponencias técnicas.

Mientras tanto, el otro decreto aprobado hoy establece la composición, el funcionamiento y las atribuciones del Consejo de Coordinación de Bienestar Social de las Islas, como órgano de coordinación y colaboración interadministrativa en materia de bienestar social.

En concreto, corresponden al Consejo de Coordinación de Bienestar Social las funciones de coordinar las políticas públicas en materia de servicios sociales, velar por la equidad territorial en la distribución de recursos y programas de actuación, articular las políticas de servicios sociales con las de los sistemas educativo, de salud, de cultura, de ocupación, de vivienda y de justicia, y las funciones que le atribuyan las leyes o los reglamentos.