Abogado General UE ve ilegal que Hungría rechazara renovar la licencia de la emisora independiente Klubrádió

El primer ministro de Hungría, Viktor Orbán, comparece ante los medios en Bruselas
El primer ministro de Hungría, Viktor Orbán, comparece ante los medios en Bruselas - UE/FREDERIC GARRIDO-RAMIREZ
Publicado: jueves, 3 abril 2025 11:21

BRUSELAS 3 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha concluido este jueves que Hungría violó el Derecho comunitario al negarse a renovar la licencia para emitir a través de la frecuencia 92,9 Mhz de la emisora de radio Klubrádió, crítica con el Gobierno de Viktor Orbán, que se vio obligada a cerrar tras la revocación del permiso en 2021.

El caso ha llegado hasta la Justicia europea por la denuncia de la Comisión Europea, que describe la emisora como independiente y crítica con el Gobierno y considera que Budapest incumplió las obligaciones que le incumben por el marco regulador de las redes y servicios de comunicación y no respetó el principio de proporcionalidad.

Klubrádió, creada en 1999, emitía en la frecuencia 92,9 desde 2014 en virtud de una licencia concedida por un periodo de siete años renovable por otros cinco. Cuando llegó el momento de la renovación, el Consejo de Medios de Comunicación (Médiatanács) denegó el nuevo permiso alegando un incumplimiento reiterado de las normas dado que la radio incumplió en dos ocasiones en esos siete años la obligación de presentar información mensual sobre cuotas de difusión.

Más tarde, la radio se presentó a una nueva licitación para la misma frecuencia para emitir en Budapest, pero el Consejo regulador declaró su candidatura al considerar errores en la programación y por la existencia de fondos propios negativos en las cuentas de Klubrádió durante los cinco años anteriores a la presentación del concurso.

En su dictamen de este jueves, el Abogado General Athanasios Rantos concluye que las autoridades húngaras violan el principio de proporcionalidad que establece el Derecho comunitario al denegar la renovación del permiso por una infracción que "no parece tan grave".

El marco regulador, recuerda la opinión del letrado europeo, establece que los derechos de uso de radiofrecuencias deben atribuirse sobre la base de criterios "objetivos, transparentes, no discriminatorios y proporcionados.

En cuanto a la candidatura declarada nula, el Abogado europeo afirma que las inexactitudes en la parrilla de programación son "tan insignificantes que resulta desproporcionado convertirlas en un motivo de nulidad de dicha oferta" y concluye que rechazar la candidatura de Klubrádió por considerarla viciada se basa en criterios "desproporcionados" y por tanto Hungría ha infringido el marco regulador para redes y servicios de comunicación.

Las opiniones de los abogados generales no son vinculantes para el TJUE pero marchan la línea seguida en la sentencia final en la gran mayoría de los casos.