Los autónomos canarios que facturen hasta 50.000 euros anuales ya pueden solicitar la exención del IGIC

Los autónomos canarios que facturen hasta 50.000 euros anuales ya pueden solicitar la exención del IGIC
Los autónomos canarios que facturen hasta 50.000 euros anuales ya pueden solicitar la exención del IGIC - GOBIERNO DE CANARIAS
Europa Press Islas Canarias
Publicado: viernes, 3 julio 2026 13:54

SANTA CRUZ DE TENERIFE 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

Los trabajadores autónomos y profesionales de Canarias con un volumen de operaciones de hasta 50.000 euros anuales ya pueden solicitar la exención del IGIC. Con esta iniciativa regional, el Gobierno canario prevé que podrían llegar a beneficiarse hasta 11.000 trabajadores autónomos en el Archipiélago.

La medida, que entró en vigor el pasado 1 de julio, permitirá que los contribuyentes cuyo volumen de negocio no supere dicho umbral queden exentos de repercutir y declarar el IGIC, simplificando sus obligaciones tributarias y favoreciendo su liquidez, según ha informado el Ejecutivo regional en una nota.

El vicepresidente del Gobierno de Canarias, Manuel Domínguez, ha destacado que esta medida responde al "compromiso" de apoyar al tejido productivo canario, especialmente a los pequeños negocios y profesionales autónomos, que desde el inicio de legislatura en 2023 ha crecido en casi 9.000 autónomos, 240 al mes.

En este sentido, ha subrayado que "la ampliación de la franquicia hasta los 50.000 euros supone un avance significativo en términos de simplificación administrativa y estímulo a la actividad económica".

UNA MEDIDA PIONERA

Esta medida, además, sitúa a Canarias como la única comunidad autónoma que aplica la franquicia prevista en la normativa europea del IVA para pequeños empresarios, elevando el umbral hasta 50.000 euros, por encima de la media de los países de la Unión Europea, que ronda los 40.000 euros.

"Mientras Bruselas denuncia a España ante la Justicia europea por negar a los autónomos la exención del IVA y mientras el Gobierno de España desatiende las demandas de las personas trabajadoras autónomas, siendo el único país que no ha traspuesto la directiva europea que exime de repercutir el impuesto a los que ingresen menos de 85.000 euros anuales, el Gobierno de Canarias da un paso adelante y consolida un modelo propio de simplificación fiscal para los emprendedores y autónomos", ha argumentado Domínguez.

SIMPLIFICACIÓN DEL TRÁMITE

El Régimen especial del pequeño empresario o profesional (REPEP) permitirá a los autónomos y personas físicas que no superan los 50.000 euros anuales y que quieran acogerse voluntariamente a este régimen potestativo, no repercutir IGIC en sus facturas, a cambio de no deducir las cuotas soportadas en compras. Esta medida reduciría de cinco a una sus declaraciones anuales, simplificando su relación con la Agencia Tributaria Canaria.

La intención del Ejecutivo regional es que a partir del 1 de enero de 2027 los autónomos acogidos a este régimen pasarán a presentar una única declaración anual de IGIC, eliminando las cuatro autoliquidaciones trimestrales y reduciendo la posibilidad de errores formales y requerimientos de gestión.

Para acogerse a esta opción, el pequeño empresario o profesional tiene de plazo hasta el 31 de julio para presentar la declaración censal (modelo 400) indicando que quiere acogerse al REPEP.

En paralelo, el Gobierno regional recuerda la activación del Plan Respaldo Autónomo, que incluye medidas de apoyo a la conciliación laboral, a la contratación, a las bajas por incapacidad laboral y a la inversión a través de la bonificación de los intereses de los préstamos, con el objetivo de acompañar al autónomo en su evolución.

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