Canarias reduce a 17 los vuelos diarios desde la Península y solo abrirá los puertos a buques de mercancías

Avión de Norwegian en el Aeropuerto Tenerife Norte
Avión de Norwegian en el Aeropuerto Tenerife Norte - CEDIDA - Archivo
Publicado: lunes, 16 marzo 2020 21:29

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Canarias, a propuesta del consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, Sebastián Franquis, va a plantear al Gobierno de España una serie de medidas complementarias para la protección de la salud pública de los residentes en las islas en materia de movilidad y transportes mientras dure el estado de alarma decretado por la crisis del coronavirus o Covid-19, por lo que se va a solicitar una limitación significativa de la entrada en el archipiélago, tanto por vía aérea como marítima, de pasajeros residentes en otras zonas de España.

En el caso del transporte aéreo propone bajar de los 115 vuelos diarios a un total de 17 y con limitación de la capacidad al 50% aunque la prohibición no será de aplicación a las aeronaves de Estado, vuelos exclusivamente de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia.

LAS SALIDAS ESTÁN PERMITIDAS

Además, se tomará la temperatura a todos los pasajeros procedentes de territorio peninsular por vía aérea, dando cuenta a las autoridades sanitarias en caso de que se detecte fiebre y quedan prohibidos los vuelos de aviación general no sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público con destino u origen de las islas Canarias.

En cambio, sí se permiten, sin restricciones, las salidas de los vuelos de los aeropuertos de Canarias para facilitar el retorno de turistas y residentes extranjeros a sus lugares de origen.

La medida, que entrará en vigor a las 00.00 horas de este martes, solo permitirá viajar en caso de tener que garantizar el abastecimiento de bienes y servicios a la población; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Las compañías aéreas recabarán la correspondiente declaración responsable de los pasajeros acerca del motivo del viaje y la conservarán a disposición de las autoridades autonómicas, detalla el Ejecutivo en un comunicado.

Así, se mantendrán dos conexiones de ida y vuelta desde Gran Canaria y dos desde Tenerife Norte con Madrid; dos vuelos de ida y vuelta entre Gran Canaria y dos desde Tenerife Norte con Barcelona; un vuelo de ida y vuelta entre Gran Canaria y Bilbao, lo mismo que Tenerife Norte; un vuelo de ida y vuelta entre Gran Canaria y Tenerife Norte con Sevilla; un vuelo de ida y vuelta entre el sur de Tenerife y Madrid; un vuelo de ida y vuelta entre Fuerteventura, La Palma y Lanzarote con Madrid y un vuelo de ida y vuelta entre Lanzarote y Barcelona.

Sobre los vuelos interinsulares, la Consejería de Transportes los puede reducir al 50% de su capacidad.

En cuanto al transporte marítimo, queda prohibida la entrada y salida en los puertos de las islas a los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular, con pasaje a bordo, procedentes o con destino externo a la Comunidad Autónoma de Canarias, bien sea el resto del territorio español o cualquier país extranjero que no tenga restringido su acceso al territorio español, con excepción de los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada.

PROHIBIDOS LOS CHARTER Y EMBARCACIONES DE RECREO

Esta prohibición no será de aplicación a los buques de Estado, a los buques que transporten carga exclusivamente ni a los buques que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.

Asimismo, queda prohibida la circulación de embarcaciones de recreo, particulares o de chárter de cualquier procedencia, tanto nacional o de terceros países, en el ámbito de Canarias.

De manera excepcional y debidamente justificada se podrán levantar las prohibiciones a los buques o vuelos, a través de una autorización específica del Ministro de Transportes Movilidad y Agenda Urbana, incluyendo la posibilidad de vuelos para el retorno a la Comunidad Autónoma de Canarias de residentes.

En esos casos, se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar que supongan un riesgo para la población de la Comunidad Autónoma.

En los servicios de transporte marítimo o aéreo prestados en el marco de un contrato u Obligación de Servicio Público, el cumplimiento de las obligaciones anteriores no se considerará incumplimiento de contrato.

Por otra parte, el cumplimiento de las obligaciones anteriores no dará lugar a ninguna compensación económica extraordinaria.

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