Condenan a un hombre a permanecer 30 años en un centro psiquiátrico

Actualizado: martes, 25 marzo 2008 15:44

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al procesado Ramón Cordón Santana de dos delitos de asesinato en grado de tentativa y una falta de daños por los que era acusado por padecer de esquizofrenia paranoide cuando atacó a dos vecinos suyos en Las Palmas de Gran Canaria, ordenando su internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario durante un plazo máximo de 15 años por cada uno de dichos delitos.

La presidenta de la Sala Pilar Parejo ha dictado una sentencia --susceptible de recurso de casación--, en la que considera probado que sobre las 8.30 horas del día 3 de agosto de 2006, el acusado, Ramón Cordón Santana, de 41 años de edad y sin antecedentes penales, se personó en el domicilio de su vecino Rafael Rodríguez, sito en el número 9 de la calle San Matías, en el barrio de Tamaraceite de Las Palmas de Gran Canaria con un cuchillo que escondía tras la espalda.

Al llegar a la vivienda comenzó a golpear con fuerza, a patadas, la puerta, lo que provocó que el hijo de Rafael, Jesús Rodríguez, se levantara de la cama y la abriera. "Al hacerlo se encontró de frente con el acusado que, con intención de acabar con su vida y sin mediar palabra, le asestó con el referido cuchillo una puñalada en la zona izquierda del pecho", precisa la sentencia.

El golpe recibido hizo retroceder a Jesús Rodríguez, que, al huir del ataque trató de refugiarse en su casa, pero el acusado continuó su ataque, por lo que la víctima recibió dos cortes más en el brazo izquierdo al intentar alejarse de las agresiones. Mientras esto ocurría el acusado le preguntaba de manera insistente "que dónde estaba su padre, que lo iba a matar", y, a continuación, abandonó el domicilio.

Inmediatamente, portando el cuchillo, se dirigió a la calle San Borondón, donde se ubica el Hogar del Pensionista del citado barrio, frecuentado por Rafael Rodríguez, y al verle se acercó el acusado por detrás, y con idéntico propósito de quitarle la vida, le propinó un primer corte con el mismo cuchillo en el cuello.

Rafael Rodríguez se volvió y trató de defenderse iniciándose un forcejeo entre ambos en el que el acusado llegó a asestarle tres cortes más en el pecho y en los brazos. Finalmente, el acusado fue inmovilizado por un vigilante de seguridad del Centro de Salud situado en la misma calle.

Según la sentencia, "en el momento de producirse los hechos el acusado tenía completamente anuladas sus facultades de entender, querer y obrar a causa de un trastorno psicótico que padece consistente en esquizofrenia paranoide".

La Audiencia obliga al acusado a indemnizar a Rafael Rodríguez con la cantidad de 30.343,70 euros, y a su hijo Jesús Rodríguez con 12.000 euros. Asimismo, además de la medida de seguridad de internamiento en un centro psiquiéatrico penitenciario, el acusado tiene prohibido aproximarse a menos de 500 metros a Rafael Rodríguez y a Jesús Rodríguez, o que comunique con ellos en cualquier forma, por un período de cinco años.