SANTA CRUZ DE TENERIFE 21 Sep. (EP/IP) -
El proyecto de ley sobre la policía autonómica comenzará a tramitarse, en el Parlamento regional, el próximo mes de octubre advertido de inconstitucionalidad por el Consejo Consultivo de Canarias (CCC). La iniciativa legislativa del Gobierno de CC de Adán Martín dispondrá de seis meses efectivos para su aprobación antes de la convocatoria de las elecciones autonómicas y locales de mayo de 2007. Su tramitación deberá ser compatible con otras 10 iniciativas legislativas del gabinete autonómico, que aún no pueden ser sometidas para su votación final.
El dictamen del Consejo Consultivo al proyecto de ley del Sistema Canario de Seguridad y de la Policía Canaria concluyó que hay dos artículos que son "inconstitucionales" y que otros 30, un tercio del contenido global, deben ser retocados o mejorados total o parcialmente. El principal objetivo del Ejecutivo es la creación de la policía autonómica y, de paso, organizar el sistema canario de seguridad, aglutinando a todos los servicios autonómicos, públicos y privados, en materia de seguridad, emergencias y protección civil.
Sin embargo, el Consultivo hace hincapié en que la policía canaria "no es una policía sustitutiva" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado porque del contenidos de varios artículos, como el 1 y el 9 del proyecto de ley, "no se desprende el carácter limitado" de las funciones policiales y del ejercicio del mando superior de este cuerpo de seguridad, entre otros.
Esta apreciación gana relevancia de cara a los apoyos que necesita el Gobierno de CC para aprobar esta iniciativa. El grupo nacionalista necesita de los votos del PSC, en su calidad de colaboradores, para lograr la mayoría absoluta. Los socialistas no apoyan una policía sustitutiva mientras que el PP rechaza cualquier tipo de cuerpo canario.
El CCC, desde el punto de vista formal, recomienda además que la coordinación de las policías locales, que tiene su propia ley, se integre en el cuerpo de la nueva propuesta legislativa o que se prepare un texto refundido.
El dictamen considera "inconstitucionales" los artículos 90.26 y 91.31, que se refieren al régimen disciplinario de los futuros agentes. El primero de los referidos es una "reproducción" de un artículo de la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional en 2005. El segundo tampoco se adecua a la Constitución porque contempla una sanción solo por el hecho de haber sido sancionado con anterioridad.
De los otros treinta artículos reparados por el Consultivo, se detiene en aclarar que la cooperación entre las fuerzas y cuerpos autonómica y local viene "impuesta" en la LOFCSE y regulada en la ley de Coordinación de las policías locales. Especifica que, al organizarse en un cuerpo dotado de una estructura funcionarial, requiere que se integre en la Administración correspondiente.
Recomienda que se mejore la redacción de las competencias del mando superior de la policía canaria y también dice que "no se ajusta a derecho" que el jefe sea nombrado por el consejero regional competente sino por el Gobierno. Advierte que, en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, no debe figurar la relación de puestos de trabajo sino su dotación económica.
Entre otros aspectos, el Consultivo no tiene nada que objetar a que los policías locales provean puestos de la policía canaria, ya sean con carácter definitivo o temporal, pero especifica que, en el momento, de la adscripción ya no son locales sino autonómicos.