El SCS reconoce "mala praxis" sanitaria por demoras hacia un paciente que falleció con cáncer en agosto de 2023

La defensa de la familia no está conforme del todo con la resolución, que reconoce la mala praxis, pero rebaja la indemnización al 25%

Archivo - Doctora en una consulta médica.
Archivo - Doctora en una consulta médica. - DEMAERRE/ISTOCK - Archivo
Europa Press Islas Canarias
Publicado: jueves, 27 noviembre 2025 11:11

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Servicio Canario de Salud ha emitido una resolución en la que reconoce la "mala praxis" médica en la atención a un paciente de 54 años que, en 2023, acudió a diferentes centros sanitarios del SCS y se le diagnosticó "con demora" un cáncer terminal estadio IV de pulmón con metástasis en hígado, páncreas, ganglios y huesos. Tras el fallecimiento del paciente, en agosto, la familia denunció el "retraso" en las pruebas y "diagnósticos médicos erróneos", según ha informado este jueves la Asociación 'El Defensor del Paciente'.

De este modo, la resolución del SCS ha fijado para la familia del paciente una indeminización de 19.152 euros a sus hijos, al amparo de la doctrina de la "pérdida de oportunidad", una cantidad que se correspondería con el 25% de la cantidad solicitada por los hijos de la persona fallecida, y que ascendía a los 76.611 euros. La defensa del caso ha sido ejercida por el Letrado Damián Vázquez, de los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El Defensor del Paciente'.

Relata el colectivo que el paciente, de 54 años, acudió en diferentes ocasiones a su centro de salud, a Urgencias del Hospital de Nuestra Señora de Guadalupe (La Gomera) y posteriormente al Hospital Universitario Nuestra Sra. de Candelaria (Tenerife), donde con una "evidente demora" finalmente le diagnosticaron un cáncer terminal estadio IV de pulmón con metástasis en hígado, páncreas, ganglios y huesos. "Sólo tuvo opción a tratamiento paliativo, quedando ingresado en neumología con mal pronóstico dado lo avanzado de la enfermedad, hasta que falleció el 17 de agosto de 2023".

En la reclamacióninterpuesta por el Letrado Damián Vázquez, se hizo constar "retrasos injustificados en pruebas clave" -- haciéndose alusión a un TAC torácico solicitado por neumología en 2020, para el que "nunca" habría sido citado", así como a un TAC toracoabdominal solicitado, tras una ecografía del 3 de junio de 2023, que "no se programó hasta acudir a Urgencias, el 9 de agosto de 2023"--, así como por haberse producido el alta hospitalaria, a 10 de agosto de 2023, "sin esperar el informe del TAC que confirmaba neoplasia pulmonar con metástasis múltiples". A ello sumaron la falta de información adecuada al paciente y familia en aquellos momentos.

POSIBILIDAD DE RECURSO

La resolución del Servicio Canario de Salud, emitida en julio de 2024, admite, asimismo, infracciones, pero limita la reparación a un 25%, por lo que el letrado, la familia y la Asociación 'El Defensor del Paciente' no están confomes, estando a la espera de posible interposición de recurso contencioso administrativo contra la misma.

De este modo, se reconocen algunas de las causas de negligencia médica, entre ellas el no haberse realizado el TAC torácico solicitado por Neumología, la falta de un diagnóstico precoz y de tratamiento para el cáncer, la demora y no programación del TAC solicitado en junio de 2023, pese a ecografía con lesiones hepáticas de probable malignidad, y el "alta precipitada" de Urgencias, en agosto de 2023, "sin esperar el informe del TAC que exigía ingreso o derivación", además de las deficiencias informativas denunciadas.

En concreto, la familia denunció el trato que recibió el paciente en 2023, ocasionado por el "retraso en las pruebas, y por los diagnósticos médicos erróneos", que le dieron en atención primaria y en el Hospital de La Gomera. De hecho, el propio consejo consultivo de canarias, expone la Asociación, señaló que el resultado del TAC hubiera conllevado el ingreso del paciente en planta de Neumología u Oncología o su derivación al Hospital de referencia, sin embargo, "se dio el alta a domicilio sin esperar el resultado del TAC".

"Existe una demora constatada en el diagnóstico, con errores como indicar 'síndrome general', en lugar de un cáncer", añaden.

REDUCCIÓN DE INDEMNIZACIÓN

Por su parte, Carmen Flores, presidenta de 'El Defensor del Paciente' ha tildado de "inaceptable" que, tras reconocer mala praxis y fallecimiento, se rebaje la indemnización al 25% invocando "una pérdida de oportunidad que no corresponde a casos con infracción acreditada", por lo que desde el colectivo se exige "la reparación íntegra" a los hijos del fallecido y cambios organizativos para que "nunca más" se repitan retrasos diagnósticos, altas precipitadas y ocultación de información a los pacientes en el archipiélago.

Desde la Asociación 'El Defensor del Paciente' se ha valorado que la Resolución reconozca responsabilidad sanitaria, pero rechaza la reducción automática al 25% cuando "existe mala praxis probada.

"La propia Administración admite múltiples incumplimientos de la lex artis que afectaron al diagnóstico, la información y la continuidad asistencial, impidiendo un diagnóstico temprano y tratamiento del cáncer, por lo que no es jurídicamente procedente reducir la indemnización por una supuesta pérdida de oportunidad, sino aplicar la reparación integral del daño causado a la familia o hacerlo con un pago mínimo del 25%, con lo que no mostramos conformidad. Es un fallo brutal no citar al paciente para la prueba diagnóstica de TAC que tenía prevista", detalla el abogado Vázquez.

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