LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 9 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a cuatro años y cinco meses de prisión a Gascón Antonio Iglesias Espinoza, acusado de golpear y amenazar con un cuchillo a la hija de su ex pareja sentimental a quien retuvo durante tres horas en el domicilio de ésta en el municipio de Agüimes, en el sureste de Gran Canaria.
En concreto, la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia dada a conocer hoy condena a dos años de cárcel por un delito de detención ilegal al hombre, de 44 años de edad y de nacionalidad chilena, en situación irregular en España, que, como autor de un delito de maltrato, también ha sido condenado a la pena de nueve meses de prisión y a la suspensión del derecho a tenencia y porte de armas durante tres años.
La Sala establece también la prohibición de acercarse a la joven, a su domicilio, a los lugares normalmente frecuentados por la misma ni a su lugar de trabajo en un radio de 500 metros, al igual que la prohibición de comunicarse por cualquier medio con ella durante diez años.
Como autor de un delito de amenazas el hombre ha sido condenado a un año de prisión, suspensión del derecho a tenencia y porte de armas durante otros tres años, y por un delito de quebrantamiento de condena a la pena de nueve meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
En concepto de responsabilidad civil Gascón Iglesias deberá indemnizar a la joven en la suma de 500 euros por las lesiones y daños morales, condenándole asimismo al pago de las costas procesales causadas en el procedimiento. Contra esta resolución judicial cabe interponer recurso de casación en el plazo de cinco días ante la Sala.
REINCIDENTE.
El varón ya cuenta con una condena por sentencia firme de fecha 16 de abril del pasado año del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 7 de Telde con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
La jueza de este juzgado le impuso entonces la pena de cuatro meses de prisión y la prohibición de comunicarse por cualquier forma y acercarse a una distancia inferior a 200 metros de su ex compañera sentimental por un plazo de 16 meses por un delito de amenazas.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas considera probado que el ahora condenado acudió sobre las nueve de la mañana del 8 de agosto de 2007 a la casa donde habitaban su ex pareja y la hija menor de edad de ésta, que tenía entonces 17 años de edad.
A sabiendas de la prohibición que tenía de acercarse a su ex compañera, la vio salir de su domicilio a la citada hora, ya que se había agazapado en la azotea del inmueble hasta que ésta abandonó la casa. Inmediatamente después la llamó por teléfono, pero ella se negó a contestarle.
LE PEGÓ CON UNA PLANCHA.
Posteriormente, el acusado tocó la puerta de la vivienda de su ex pareja, en la que se encontraba sola su hija, que abrió la puerta y él aprovechó el momento para empujarla hacia dentro de la casa "esgrimiendo un cuchillo en sus manos", agrega el escrito.
Gascón Antonio Iglesias "empujó a la adolescente hasta el dormitorio de su madre donde forcejeó con ella y le dio sucesivos golpes en la cabeza y por todo el cuerpo, llegándole a golpear con una plancha".
Debido a que la joven intentó pedir ayuda, en varias ocasiones el acusado le tapó la boja con un cojín, con sus propias manos, así como con otras prendas para evitar que los gritos de la chica se oyeran en el exterior de la vivienda. Incluso también le llegó a tapar la nariz impidiéndole respirar, sostiene la sentencia.
Seguidamente, arrastró a la menor al salón de la casa donde le intentó dar una pastilla. Una vez allí, se quedó junto a la joven "con el cuchillo en las manos atemorizándola con matarla y sin dejarla que se moviera del lugar". Finalmente, la niña convenció al acusado para que abandonara la casa tras prometerle que no le iba a decir a nadie lo que había ocurrido.
Al término del juicio oral celebrado el pasado 22 de abril, la Fiscalía solicitó para Gascón Iglesias la pena de 9 años de cárcel por un delito de detención ilegal, otro de amenazas, de maltrato en el ámbito familiar y también de quebrantamiento de condena.
La acusación particular se adhirió a las peticiones del Ministerio Público, mientras que la defensa del acusado interesó su libre absolución.