El 2 de noviembre, sorteo público para la formación de las 194 mesas electorales de Logroño

Se designarán un presidente y dos vocales por cada mesa, que serán titulares, además de dos personas suplentes por cada una de ellas

Archivo - Mesa electoral.
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Europa Press La Rioja
Publicado: lunes, 26 octubre 2026 13:11

   LOGROÑO, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El Ayuntamiento de Logroño acogerá el próximo lunes, 2 de noviembre, a las 9 horas, un Pleno extraordinario con motivo del sorteo público para la formación de las 194 mesas electorales que se constituirán en la ciudad para las Elecciones a Cortes Generales del 29 de noviembre.

   El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publicó el pasado 12 de octubre la relación de secciones, mesas y locales electorales para las elecciones generales que tendrán lugar el 29 de noviembre, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG).

Mediante este sorteo se llevará a cabo la selección de un presidente y dos vocales para cada mesa, que serán los titulares. También se seleccionará a otras dos personas suplentes para cada uno de estos puestos, por lo que en total serán nueve personas designadas por cada una de las mesas electorales.

   A cada mesa electoral le corresponde presidir el acto de la votación, controlar el desarrollo de la votación y realizar el recuento y el escrutinio.

   Las designaciones comenzarán a notificarse inmediatamente después del sorteo por el personal acreditado del Ayuntamiento.

   La condición de miembro de la mesa electoral tiene carácter obligatorio, pero existen diversos impedimentos y excusas que se pueden justificar ante la Junta Electoral de Zona de Logroño por parte de las personas designadas referentes a su situación personal, responsabilidades familiares o profesionales, en un plazo de 7 días naturales, conforme a la Instrucción 2/2025, de 30 de enero, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE de 5 de febrero de 2025).

   No obstante, si posteriormente cualquiera de las personas designadas estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, deberá comunicarlo a la Junta Electoral de Zona, al menos tres días antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes.

   Y si el impedimento sobreviene después de este plazo, el aviso a la Junta deberá hacerse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa.

   En estos casos, la Junta comunica la sustitución al correspondiente suplente, si hay tiempo para hacerlo, y si fuera preciso procede a nombrar a otro.

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