LOGROÑO 17 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial ha dado la razón a la jueza de Haro y, tras desestimar los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, ha decidido que no debe reabrirse el caso del joven Enaitz Iriondo, que falleció tras ser atropellado en el año 2004.
Tal y como recuerda el auto de la Audiencia, al que tuvo acceso Europa Press, el Juzgado de Instrucción número 1 de Haro dictó un auto, con fecha de 9 de mayo de 2008, por el que acordaba que no había "lugar a la reapertura del proceso".
Las actuaciones, recuerda, se iniciaron a partir del accidente de circulación ocurrido el 26 de agosto de 2004, sobre una de la mañana, en la LR-111, término municipal de Santo Domingo de la Calzada, consistente en el atropello del ciclista menor de edad Enaitz Iriondo Trinidad (de 17 años de edad en el momento de los hechos). Como consecuencia del atropello el menor resultó muerto en el acto.