La Audiencia Nacional condena a 5 años de cárcel a paquistaní afincado en Logroño Ahmed Rukhsar por financiar a Al Qaeda

Actualizado: miércoles, 10 mayo 2006 20:28

Se condena a la misma pena al empresario valenciano Cerdá

MADRID, 10 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Nacional ha condenado a 5 años de cárcel y al pago de una multa de 1.080 euros al empresario valenciano Enrique Cerdá como autor de un delito de colaboración con organización terrorista islamista, y a la misma pena al paquistaní afincado en Logroño Ahmed Rukhsar, al considerar probado que ambos contribuyeron económicamente a la realización del atentado cometido contra la sinagoga de Djerba (Túnez) el 11 de abril de 2002.

En el ataque a la sinagoga, que fue reivindicado por el Ejército Islámico por la Liberación de los Santos Lugares, integrado en Al Qaeda, murieron catorce ciudadanos alemanes, dos franceses y cinco tunecinos, y resultaron heridas una treintena de personas.

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia, el magistrado Fernando García Nicolás, ha sido dictada cuando se cumplen 6 meses de la conclusión del juicio por estos hechos, que se celebró la primera semana del pasado mes de noviembre. El fiscal solicitaba 8 años de cárcel para cada uno de los acusados.

INTERMEDIACIÓN FINANCIERA.

El tribunal afirma que existe prueba suficiente para acreditar que Cerdá era conocedor que de que estaba realizando actividades de intermediación financiera entre distintos terroristas por medio de su empresa Comercial Hispania de Calcomanías S.L. Considera probado que los terroristas tenían su número de teléfono y le llamaban para reclamarle los pagos. Según el relato de hechos probados, Cerdá mantenía relaciones financieras con el militante de Al Qaeda "Issa de Karachi", identificado como Essa Ismail Muhamad, en paradero desconocido, a través de su empresa, dedicada a la fabricación de baldosas.

Así, Enrique Cerdá mandaba dinero a "Issa de Karachi" o las personas que éste le ordenaba por medio de talones, cheques y pagarés, en ocasiones firmados en blanco. A raíz de la primera relación, Cerdá entró en contacto con el jefe del Comité Militar de Al Qaeda, Khalid Shaykh Mohammed, alias "Mukhtar" o "el Cerebro", quien fue detenido el 1 de marzo de 2003 en Paquistán.

Khalid Shaykh Mohammed, vinculado con los atentados del 11-S y el cometido contra el World Trade Center en 1993, está considerado como quien planificó el atentado de la isla de Djerba. Según la sentencia, este terrorista dio el número de teléfono de Cerdá a Nizar Nouar, quien debía identificarse como "Abdallah Jafer" y dejar el recado "'Issa de Karachi' tiene un regalo de 5.720 euros". Además, el 16 de marzo de 2003 su hermano, Walid Mouar, telefoneó a Cerdá seis veces. Después Walid llamó a Nizar y Khalid Shaykh Mohammed. L

La Sala destaca como otra de las pruebas contra Cerdá su vinculación con otro de los implicados en el atentado de la sinagoga, Daniel Yusuf Morgenegg, ya que llamó al teléfono de Khalid Shaykh Mohammed para informarle de que la "boda" de su hermano iba a ocurrir muy pronto y que esperaba la llegada de "Kike", alias del empresario de la localidad valenciana de Manises.

Finalmente, la sentencia destaca que en el registro realizado en la empresa de Cerdá se encontró diversa documentación relacionada con "Issa de Karachi", así como una factura por 6.501 euros expedida por New Ceramic System para que el empresario valenciano se la hiciera llegar al terrorista de Al Qaeda.

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia subraya que el empresario no pudo dar una explicación "lógica, coherente y mínimamente creíble" de por qué tantas personas relacionadas con el atentado cometido en Túnez tenían su número móvil, ni de por qué entregaba dinero a quien Karachi le decía. Además, no ha podido acreditarse a qué obedecen los pagos efectuados en todas las operaciones comerciales investigadas.

"LO IMPORTANTE ERA GANAR DINERO".

"Sabiendo Cerdá que Essa Ismail Muhamad (Issa) era un extremista musulmán, lo importante para él era ganar dinero", según el tribunal, sin preguntarse a qué actividades se dedicaban las personas a las que pagaba en su nombre. El otro procesado, el ciudadano paquistaní Ahmed Rukhsar, ha sido condenado por utilizar su tienda "New Lagpal", un locutorio en el que también vendía productos de alimentación, para enviar dinero a Al Qaeda desde Logroño. Se ha determinado que sus movimientos económicos ascendieron a 2.677.097 euros.

El tribunal señala también , de forma rotunda, que actualmente nadie cuestiona el carácter terrorista de Al Qaeda, cuya finalidad, según ya ha señalado la Audiencia Nacional anteriormente, es la de "desestabilizar el orden mundial, practicando un terrorismo mucho más atroz del que estamos tristemente acostumbrados en nuestro país, en aras a conseguir imponer a todos una religión y una forma de vida con desprecio absoluto a los más elementales principios humanos".

DELITO DE COLABORACIÓN.

La Sala considera que las actividades de ambos acusados debe ser considerada como de colaboración porque no alcanzan el grado de integración en la organización terrorista que requiere el delito de pertenencia y "no revelan 'per se' la asunción de los fines del grupo ni la voluntad de integración en la organización por parte de sus autores".

Finalmente, recuerda que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya concretó las actividades que integran el delito de colaboración con organización terrorista en una sentencia dictada por la Sección Tercera en septiembre del año pasado, contra los detenidos en la denominada 'Operación Dátil', contra la célula de Al Qaeda en España, desarticulada en noviembre de 2001. Dichas actividades son las de recaudar fondos, facilitar pasaportes falsos, alojar y proporcionar trabajo a los 'mujahidines' y hacer de intermediario financiero.