CC.OO. denuncia que "sólo" 198 jubilaciones se hicieron el año pasado con contrato de relevo en La Rioja

Actualizado: viernes, 14 abril 2006 13:17

LOGROÑO, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

El sindicato Comisiones Obreras denunció hoy que "únicamente 198 jubilaciones del total de las producidas a lo largo del año 2005 en la Comunidad Autónoma, se realizaron a través de un contrato de relevo".

En un comunicado, CC.OO. indica que "de los 101.213 contratos de duración determinada que se firmaron en el pasado año, esos 198 contratos de relevo representan un 0,19". Explica que el trabajador que se contrate por medio de esta modalidad debe ser un desempleado inscrito en la oficina de empleo o con contrato de duración determinada en la misma empresa.

La central sindical apunta que el objetivo del contrato de relevo "supone en realidad contratar a dos trabajadores en jornada reducida; uno de los contratos se firma con un trabajador de 60 o más años, que esté dispuesto a reducir su jornada y el otro de lleva a cabo con un trabajador desempleado o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, con objeto de sustituir a un trabajador de la empresa que se jubila parcialmente".

Desde CC.OO. defienden "la potenciación y la utilización de esta figura de jubilación, tanto como medida de protección del empleo, como de avance en los derechos sociales de los trabajadores jubilados".

"Permite conjugar -afirma- los intereses de las empresas que pueden rejuvenecer sus plantillas y aprovechar la experiencia del relevado enseñando al nuevo trabajador, con los del trabajador que se jubila parcialmente, sin perder derechos económicos en su prestación, y también con los el desempleado que se contrata para sustituirle, asegurando la no amortización de puestos de trabajo".

Recuerda, por último, que "tal como recoge el recientemente firmado Pacto Regional por el Empleo, creemos que desde la administración autonómica debería hacerse un esfuerzo por promocionar este tipo de contratos, y que debe ser una figura recogida en los Convenios Colectivos tanto de ámbito sectorial como de empresa como fórmula a desarrollar cuando confluyan estos intereses".