Consejo.- Aprobado el Decreto que regula la convivencia en los centros y los derechos y deberes de alumnos y profesores

Actualizado: viernes, 23 enero 2009 15:25

LOGROÑO, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de La Rioja ha aprobado hoy el texto del decreto que regula las normas de convivencia de los centros docentes, así como los derechos y obligaciones de alumnos, profesores y familias, como miembros integrantes de la comunidad educativa. Además, tipifica las conductas que afectan a la convivencia y el correspondiente procedimiento sancionador o corrector.

Según informó el Gobierno riojano, este decreto de convivencia es uno de los documentos más importantes que ha desarrollado la Consejería de Educación desde que se asumieron, hace diez años, las competencias en materia educativa. Con él, el Gobierno de La Rioja pretende dar respuesta, desde el punto de vista educativo, a las posibles situaciones que se dan en el día a día del ámbito escolar. "De ahí, la necesidad de regular las 'reglas del juego' y, además, los derechos y obligaciones de profesores, alumnos o padres", explicó.

"Aunque La Rioja registra una buena situación en cuanto a la convivencia escolar, se ha considerado fundamental crear mecanismos que regulen las posibles situaciones que se puedan plantear, así como los protocolos de actuación para resolverlos", consideró el Ejecutivo.

En este nuevo decreto se "refuerza" el carácter educativo de los procesos, que serán simples y ágiles, tanto para prevenir como para sancionar determinados comportamientos. Uno de los principales objetivos que se pretende cumplir con esta nueva normativa educativa es dignificar la figura del profesor.

Previa a esta aprobación por el Consejo de Gobierno autonómico, en la elaboración del texto del decreto han sido consultados los centros docentes, que han presentado alegaciones. El borrador del decreto fue remitido, además, al Consejo Escolar de La Rioja, a los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma y ha sido sometido al dictamen del Consejo Consultivo de La Rioja.

El decreto reconoce a la institución familiar como la "primera y principal educadora de los hijos" y "corresponsable y garante del respeto a las normas de convivencia". Por su parte, se destaca la importancia de la institución escolar como "educadora en valores de convivencia". Además, se reconoce al profesor como autoridad pública.

El título III establece la obligación de que en los Consejos Escolares de los centros se constituya una comisión de convivencia para garantizar la correcta aplicación del Decreto y del Plan de Convivencia. Además, se posibilita la creación, si los centros lo consideran oportuno, de los Consejos del Aula (para ordenar las actividades de la clase y la convivencia del grupo, con normas claras y sencillas).

En el apartado de los profesores se recogen algunos derechos como el respeto a su persona y la labor que desarrolla; a que su actividad docente se desarrolle en condiciones de normalidad y en un clima de orden, disciplina y respeto de sus derechos (especialmente al de su integridad física y moral) o a que no se cuestione su competencia profesional ni su actividad docente y se respete sus indicaciones en materia académica y de disciplina. En total, se recogen nueve derechos.

En cuanto a los deberes del profesorado, hay algunos como el respeto a la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, a la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa o a educar al alumnado para la convivencia democrática, incorporando en sus programaciones contenidos vinculados a la convivencia escolar.

El capítulo dedicado a los alumnos desarrolla cinco derechos y seis deberes. Así, los derechos recogidos son, entre otros: "a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad", "al respeto de su identidad, integridad y dignidad", "a que su dedicación y esfuerzo sean valorados y reconocidos con objetividad" y "a participar en el funcionamiento y en la vida del centro". Además, se incluye un apartado de garantías para esos derechos.

Por su parte, las obligaciones se recogen en seis artículos: "deber de estudio y esfuerzo"; de respeto "al profesorado", "hacia todos los demás alumnos", "a todos los miembros de la comunidad educativa" y "a las normas de convivencia del centro"; así como el "deber de comunicación con las familias".

También las familias, como principales responsables de la educación de sus hijos, tienen un capítulo dedicado a sus derechos y deberes. En total, quince derechos y catorce obligaciones.