Ratificada la condena a una constructora a pagar más de 73.100 euros a tres propietarios por deficiencias en sus casas

Actualizado: domingo, 7 mayo 2006 14:06

LOGROÑO, 7 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de La Rioja ha desestimado el recurso presentado por una constructora contra una sentencia anterior, que le condena a pagar más de 73.100 euros a tres propietarios por diferentes deficiencias constructivas en sus viviendas.

En concreto, la sentencia ratifica la condena a la firma 'Construcciones Conde y Martínez SA' a pagar 73.137 euros a tres propietarios por "importantes vicios y defectos constructivos" en sus viviendas, además de a abonar 1.800 euros por el alquiler y 3.216 por retirar los muebles mientras se ejecuten los arreglos.

La primera sentencia se falló en mayo de 2005 en el Juzgado de Primera Instancia de Calahorra, tras la denuncia de los tres propietarios. En este fallo se declaraba las cantidades a pagar por parte de la constructora "ante la existencia de importantes vicios y defectos constructivos de los que se deriva la ruina funcional de las viviendas".

Se determinó, asimismo, que, por este motivo, tanto la empresa constructora "en tanto que vendedora, ha incumplido el contrato de compraventa que suscribió con los actores al entregarles sus viviendas con importantes defectos y vicios constructivos", por lo que le imponía la condena de los pagos de 73.137 euros de indemnización, más el resto de cantidades como compensación durante los arreglos.

La empresa constructora recurrió esta sentencia. Ahora, en su fallo, la Audiencia Provincial ratifica la primera sentencia, al constatar la existencia de esos defectos constructivos, entre los que cita que, debido a cambios en el proyecto inicial de las viviendas, se ha variado el sistema estructural de la cubierta "con una ejecución deficiente que provoca grietas en las paredes de las viviendas".

Asimismo, se han observado deficiencias en el aislamiento, fallos en la modificación del modelo de caldera previsto, entrada de agua en la puerta de una vivienda o la mala ejecución en la ventana de iluminación de bajo cubierta, deficiencias todas ellas tasadas pericialmente en 73.137 euros.

Para la Audiencia Provincial, con estos antecedentes y ante el recurso de la constructora, "no cabe apreciar incongruencia alguna en la sentencia que, de modo claro y preciso, motiva la condena en la constatada existencia de defectos constructivos", que, según dice, pueden apreciarse "externamente".

A ello suma que "de los dictámenes periciales se extrae ya, sin lugar a dudas, la ejecución deficiente de una parte de la obra, en especial la cubierta del inmueble, que afecta a otros elementos constructivos y estructurales", al tiempo que señala que los compradores "no deben soportar las deficiencias funcionales constatadas en elementos constructivos que afectan a su habitabilidad".

Por ello, se desestima por parte de la Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por la empresa constructora 'Construcciones Conde y Martínez SA' contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Calahorra. El fallo indica, además, que esta sentencia es firme.