Absuelto el industrial José María Aristrain ante las dudas de un fraude fiscal de 211 millones de euros

Archivo - José María Aristrain durante el juicio en la Audiencia de Madrid
Archivo - José María Aristrain durante el juicio en la Audiencia de Madrid - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: martes, 18 enero 2022 17:30

Los magistrados sustentan la absolución en el principio 'in dubio pro reo' y aducen que la prueba es "insuficiente"

MADRID, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al industrial José María Aristrain de los delitos de fraude fiscal de los que había sido acusado por la Fiscalía de Madrid por defraudar a la Hacienda Pública 211 millones de euros durante los ejercicios fiscales que van de 2005 a 2009.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, acuerdan exonerar al magnate de quince delitos fiscales frente a los 64 años de cárcel que solicitaba el fiscal. Y lo hacen ante las dudas del tribunal al considerar "insuficiente" las pruebas practicadas para demostrar el fraude.

La Fiscalía reclamaba al industrial el pago en concepto de responsabilidad civil de 210.980.706,23 euros y pedía que se le impusiera una multa que ronda los 1.190 millones de euros.

Los magistrados sustentan la absolución en el principio 'in dubio pro reo' y aducen al respecto que éste "no tiene sólo un valor orientativo en la valoración de la prueba, sino que envuelve un mandato"; "el de no afirmar hecho alguno que pueda dar lugar a un pronunciamiento de culpabilidad si se abrigan dudas sobre su certeza".

De este modo, la Sala concluye que la prueba practicada es "insuficiente" y no permite tener por acreditado que el acusado simulara un traslado de su residencia habitual durante los años 2005 a 2009, ni que la dirección efectiva de Corporación JMAC BV estuviera en España.

Por tanto, sostienen los jueces en su sentencia que se "pierde toda base fáctica de los delitos de defraudación tributaria que fundamentan la acusación".

"Si no ha sido acreditado que fuera residente en España, ni que dirigiera desde Madrid dicha sociedad, no hay motivo para considera que estaba obligado a tributar en razón de tales impuestos", recoge el fallo.

"No se dispone, en consecuencia, de prueba con un contenido de cargo que permita enervar la garantía constitucional consagrada en el principio de presunción de inocencia proclamado en el artículo 24 de la Constitución Española, por lo que procede libre absolución de José María Aristrain de la Cruz", aseveran los magistrados.

EXENCIÓN DE TRIBUTOS

En su escrito, el fiscal señala que en 1998 el industrial ordenó la constitución en Holanda de la sociedad Corporación JMAC. B. V. para acogerse "artificiosamente" y de forma "abusiva" al "muy beneficioso" tratamiento fiscal que rige en dicho país para una sociedad patrimonial de tenencia de participaciones "mediante la exención de tributos de los dividendos repartidos por las sociedades participadas y las plusvalías obtenidas por las ventas de dichas participaciones".

Cuando la sociedad dejó de gozar de ese ventajoso tratamiento fiscal en Holanda, Aristrain dispuso el traslado de su gestión a Luxemburgo donde quedó constituida de la siguiente forma: el cien por cien era participada por la sociedad española Corporación J. M. Aristrain, que a su vez era poseída al 69,17% por José María Aristrain y el 30,83 por ciento por la Fundación Navarra Aristrain de la Cruz.

En realidad, según el fiscal, se trataba de una "falaz apariencia" puesto que el control y la dirección efectiva de la Corporación estaba ubicada en Pozuelo de Alarcón.

Y es que de esta forma, según afirmaba la Fiscalía, logró que sus empresas dedicadas a la industria del acero en España no tributaran al erario público por el impuesto de sociedades ni tampoco en Luxemburgo porque allí estaban exentas.

Con el mismo afán de eludir el pago de impuesto, en 2005 liquidó la sociedad Tenmat S. L. controlada por él mismo, si bien antes de hacerlo transmitió de forma "artificial" su titularidad de su corporación a otra llamada Corporación JMAC, B. V., "deslocalizando con ello la plusvalía obtenido que no tributó ni en España ni en Luxemburgo.

Con ello causó un perjuicio a Hacienda de más de 130 millones de euros. Parte de los beneficios obtenidos por la corporación JMAC, B. V. eran reintroducidos en España y la otra parte desviados a distintas sociedades radicadas en paraísos fiscales.

Por ejemplo, una sociedad de Aristrain llamada International Restoration Cars Limited, domiciliada en Islas Vírgenes y que era utilizada por la corporación JMAC, B. V. para desviar fondos a través de otra sociedad maltesa llamada Wasp Limited, corrió con los gastos y mantenimiento del chalet en Suiza en el que "trapaceramente" fingía tener su domicilio, de su yate o de sus coches "que tampoco fueron declarados".

Con el mismo objetivo de eludir el pago de impuestos, en 2005 "simuló" haber trasladado su domicilio social a Suiza, lo que originó un perjuicio a la Hacienda Pública de más de siete millones de euros por el IRPF y de casi tres millones por el impuesto de Patrimonio.

En total, la Fiscalía sostiene que el perjuicio total causado a la Hacienda Pública alcanza los 210.980.706,23 euros.

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