Asociación Preeminencia del Derecho cursa denuncia contra Gallardón por promover "la discriminación de los mendigos"

Mendigo durmiendo en las calles de Madrid
EP/AYUNTAMIENTO DE MADRID
Europa Press Madrid
Actualizado: martes, 3 mayo 2011 15:58

MADRID 3 May. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Preeminencia del Derecho ha interpuesto este martes una denuncia en el juzgado de guardia de Madrid contra el alcalde de la capital, Alberto Ruiz-Gallardón, por un posible delito de injurias contra las personas sin hogar y por "estar provocando a la discriminación de los mendigos por enfermedad o minusvalía".

La asociación se refiere a las declaraciones efectuadas al diario 'Público' en una entrevista publicada este lunes. Así, a la pregunta de que si consideraba a los mendigos como un problema a resolver por ley, Gallardón recordó que nunca había dicho que los mendigos fueran un problema y especificó que lo que dijo es que "tienen un problema".

"Más del 50 por ciento sufren adicciones o enfermedad mental. Necesitamos una ley. Si hay algo progresista es preocuparse por la gente que tiene necesidad y no decir que a los sin techo hay que dejarlos donde están. Abandonarlos es insolidario. Hay que sacarlos de la calle", agregó.

A continuación el propio regidor se preguntó si era libre una persona que tenía una enfermedad grave o con un problema de adicción y si se puede considerar que son libres para decidir estar en la calle. Ante ello, respondió que no.

La denuncia, a la que ha tenido acceso Europa Press, asegura que la respuesta de Gallardón cae bajo la rúbrica del artículo 510 del Código Penal, que indica que "los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses".

Asimismo, el artículo especifica que serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

"La conducta del denunciado, al atribuir, con temerario desprecio de la verdad, a los mendigos la condición general o cuasi general de una especie de dementes incapaces para gobernarse y decidir por sí mismos, cae bajo la rúbrica de la difusión de informaciones injuriosas sobre ellos atribuyéndoles el padecimiento de enfermedad o minusvalía que les impide disfrutar de su libertad personal o libre determinación de sus personas", ha asegurado Preeminencia del Derecho.

Por otro lado, los denunciantes consideran que estas declaraciones del alcalde serían también encuadrable en la rúbrica del apartado 1 del referido artículo 510 del Código Penal, "pues es obvio que está provocando a la discriminación de los mendigos por enfermedad o minusvalía".

Por todo ello, los denunciantes piden al Juzgado la apertura de diligencias y que se notifique su existencia para personarse como acusación popular en defensa del colectivo de los mendigos "contra los que ha difundido informaciones claramente injuriosas y discriminatoria"-

"La pena es de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses, además de la inhabilitación para el cargo publico que ocupa, de prosperar la denuncia finalmente", ha concluido la Asociación Preeminencia del Derecho en su denuncia.

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