El Ayuntamiento dice que los parquímetros son legales porque Calvo sólo amplió, no delimitó, la zona azul

Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 2 octubre 2008 15:22

MADRID 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid recurrirá la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 26 por la que el servicio de estacionamiento regulado que se encuentra fuera del límite de la M-30 es declarado "nulo por no ser conforme a derecho", ya que considera que el delegado de Movilidad y Seguridad, Pedro Calvo, sólo amplió, no delimitó, la zona azul.

Según la sentencia, la instalación del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) en algunas zonas de la capital debe ser anulada porque se adjudicó su gestión a algunas concesionarias antes de que se hubiera redactado la pertinente Ordenanza, y además este texto normativo no pasó nunca por el Pleno para su aprobación, sino que resultó de un decreto firmado por Calvo. Ambas circunstancias plantean un error de forma que el juzgado resuelve declarando nula la instalación de los parquímetros en determinadas áreas.

Sin embargo, el Ayuntamiento de Madrid considera que el juzgado ha hecho un matiz interpretativo que lleva a considerar que, puesto que en este caso se produjo una ampliación del ámbito geográfico de la zona azul, debió ser una disposición de carácter normativo la que lo regulara, es decir, una Ordenanza.

"La Sentencia considera que la vigente Ordenanza de Movilidad es conforme a derecho, y que el artículo impugnado por los recurrentes atribuye en efecto la competencia al concejal para fijar los límites de la zona de estacionamiento regulado. Sin embargo, entiende que debe distinguirse entre delimitar y ampliar, y es este matiz interpretativo el que le lleva a considerar que, puesto que en este caso se produjo una ampliación del ámbito geográfico de la Zona, debió ser una disposición de carácter normativo, una ordenanza, la que lo regulara", explicaron fuentes municipales a Europa Press.

Así, esta distinción entre 'delimitación' y 'ampliación', "que no aparece recogida en ninguna disposición normativa y que es fruto de la labor interpretativa del juez", no es compartida por el Gobierno local, por lo que los Servicios Jurídicos "formalizarán en los próximos días el correspondiente recurso contra la sentencia recaída en primera instancia", ya que el Ejecutivo municipal "mantiene el convencimiento de que se cumplieron los requisitos materiales y formales exigidos por el Ordenamiento jurídico vigente", avanzaron las mismas fuentes.

RECHAZADO EL RECURSO SOCIALISTA

Por otra parte, el Gobierno de la capital consideró que el recurso planteado por los concejales socialistas Óscar Iglesias y Manuel García Hierro se basaba "en la relevante contestación ciudadana surgida en los barrios afectados por la ampliación de la zona SER", al tiempo que argumentaban que no se había realizado un estudio de que justificase la ampliación y que además carecía de motivación.

"Mantenían además que la ampliación no se había acordado por el órgano competente para ello, y denunciaban la falta absoluta de procedimiento, considerando además que el artículo 63 de la Ordenanza de Movilidad era nulo por ir contra la Ley de Bases de Régimen Local, al tiempo que denunciaban que el acto se había dictado con desviación de poder, al no responder a la finalidad que justifica la competencia en la ordenación del tráfico que corresponde a las autoridades locales", criticaron las fuentes.

Por último, subrayaron que, "de todas las circunstancias alegadas por los recurrentes, sólo una es tomada en consideración: la relativa a la necesidad de que la modificación hubiera sido aprobada por el Pleno, y con base en este criterio, acuerda la nulidad del Decreto".

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