El Ayuntamiento formaliza la suspensión de las licencias de alojamiento turístico en inmuebles residenciales de Centro

Publicado: jueves, 1 febrero 2018 19:55

MADRID, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno, presidida por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha formalizado este jueves la suspensión durante un año del otorgamiento de licencias para todas las modalidades de alojamiento turístico (establecimientos hoteleros, albergues, hostels, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico) en los inmuebles destinados actualmente a vivienda en todos los barrios del distrito Centro.

La suspensión es cautelar mientras se redacta y tramita el plan especial destinado a actualizar la regulación urbanística de la implantación de establecimientos hoteleros, albergues, hostels, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico cuando conviven con otros usos como el residencial o industrial en el mismo edificio.

Asimismo, y ante el aumento de la oferta de vivienda de uso turístico pero una menor presencia de hoteles y el resto de modalidades, se acuerda también suspender la concesión de licencias de viviendas de uso turístico en los barrios de Palos de Moguer (Arganzuela), Recoletos y Goya (Salamanca), Trafalgar (Chamberí) y Argüelles (Moncloa-Aravaca).

Los actos afectados son todos los de uso del suelo, construcción y edificación y de ejecución de actividades licencias y declaraciones responsables, excepto licencias de funcionamiento.

Estos acuerdos no afectan a la oferta de alojamiento compartido durante menos de tres meses en las viviendas que constituyen residencia permanente pues no están reguladas como alojamiento turístico por la normativa turística autonómica y no constituyen actividad empresarial. El resto de alojamientos ofertados para turistas en viviendas de uso turístico deberán obtener la licencia correspondiente al ejercicio de dicha actividad económica si cumplen las condiciones del planeamiento urbanístico.

EL EDIFICIO ESPAÑA NO ESTÁ AFECTADO

Esto quiere decir que se podrán seguir tramitando licencias de hoteles y apartamentos turísticos en uso terciario (oficinas, hospedaje...). Es el caso del Edificio España, cuya licencias de obras se está tramitando porquE no se ve afectada por la moratoria ya que se trata de implantar un hotel en un edificio que es de uso terciario. En el resto de la ciudad, estos locales no se ven afectados por la moratoria y deben, por lo tanto, solicitar licencia.

El Consistorio parte de una definición de vivienda turística, aquella que se oferte en alquiler durante más de 90 días al año bajo el principio de unidad de explotación empresarial y en su totalidad. Esto se considera actividad económica y debe estar regulada como cualquier otro negocio. Por debajo de 90 días al año o el alquiler de una casa que sea residencia permanente de su propietario se considera dentro de lo que es economía colaborativa, por lo que no se les exigirá licencia.

El Ayuntamiento trata de "diferenciar entre economía colaborativa y lo que es parte del negocio turístico, siendo considerados como actividad económica y no constituir residencia permanente", han informado desde el área de Desarrollo Urbano Sostenible.

MÁS INSPECCIONES

El Consistorio reforzará el servicio municipal de inspecciones y estableciendo un régimen sancionador sobre los propietarios de vivienda turística, ya sean particulares o empresas, que incumplan la normativa. El Consistorio considera que este sistema es "más eficaz que sancionar a las plataformas digitales ya que, por la experiencia de otras ciudades, resulta difícil repercutirles las sanciones por su propia naturaleza jurídica".

En caso de poder hacerlo, a estas empresas "a veces les ha compensado pagar las multas, por elevadas que sean, al ser mayor el beneficio generado por el alquiler de las viviendas turísticas ilegales".

La Comisión de Seguimiento e Interpretación del Plan General, reunida la pasada semana, aprobó un dictamen para clarificar cómo se integran las dos nuevas modalidades de alojamiento turístico establecidas mediante el Decreto 79/2014 de 10 de julio de la Comunidad de Madrid, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico, en las Normas Urbanísticas del Plan General.

Así, los apartamentos turísticos y las viviendas que se destinen al uso turístico bajo el principio de unidad de explotación empresarial y por tiempo superior a tres meses al año quedan comprendidos en el uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje por ser actividad económica y no constituir residencia permanente. Deberán contar con licencia para ejercer dicha actividad.

Cuando se implanten en edificios conviviendo con otros usos como el residencial, no podrán superar el porcentaje y la posición establecidos por las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM). La implantación de viviendas de uso turístico en un edificio sin extenderse al edificio entero, no requiere acceso independiente ni exclusivo diferente del de las otras viviendas.

UNIFICACIÓN EN UNA ORDENANZA

En la misma Junta de Gobierno se ha aprobado el proyecto inicial de la ordenanza de Medios de Intervención en Actuaciones Urbanísticas, que supone unificar en un único cuerpos dos textos normativos relativos a licencias urbanísticas y de actividad.

El Ayuntamiento busca con esta nueva ordenanza de unión congregar en un único organismo la concesión de licencias, con lo que se ganará en tiempo y eficacia dado que cuentan con una "reducción drástrica de los plazos de concesión de licencias".