El Ayuntamiento modifica la norma urbanística para poder instalar ascensores en el exterior de los edificios antiguos

Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 13 septiembre 2007 17:25

MADRID 13 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó hoy una modificación puntual de la norma urbanística que impedía la instalación de ascensores en algunos edificios antiguos de la ciudad, por lo que los vecinos de estos inmuebles, construidos sobre todo en los años 50 y 60, podrán realizar ahora esta instalación, adosando el elevador a la fachada del edificio.

"La medida permitirá ocupar el espacio público necesario para instalar exteriormente la 'torre de ascensor' en inmuebles con tipología de bloque abierto", explicó el portavoz del Ejecutivo municipal y vicealcalde, Manuel Cobo, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

La instalación de estas 'torres de ascensor' estará únicamente supeditada a que la ocupación del espacio público afectado no perjudique la accesibilidad, el tránsito o afecte a redes de infraestructuras y servicios urbanos. Además, no computarán a efectos de edificabilidad y sólo se podrá autorizar su instalación en espacio público cuando sea la única solución técnicamente viable para subsanar la carencia de ascensor y cuando las características de dicho espacio lo permitan.

Con esta decisión, el Ayuntamiento pretende solucionar "un problema social que afecta a miles de familias y, en particular, a personas mayores o discapacitadas, residentes en edificios situados sobre todo en distritos como San Blas, Villaverde, Carabanchel, Usera o Moncloa-Aravaca". Por otra parte, esta medida da luz verde a la posibilidad de que las familias se beneficien de las subvenciones que otorga la Comunidad de Madrid para la instalación de ascensor.

ORDENANZA ESPECÍFICA

Por ello, el Ayuntamiento elaborará una Ordenanza específica que desarrollará aspectos relacionados con el diseño y la integración de estos nuevos elementos en el paisaje urbano. "No vale cualquier cosa, va a haber una ordenanza que lo regule. Se van a establecer condiciones para que no haya una a agresión al entorno y todo esté adecuado al paisaje. Además, se mejorará en muchos casos la propia fachada", argumentó Cobo.

"Se trata de una medida inédita hasta el momento en la ciudad que se podrá aplicar cuando no exista otra posibilidad técnica para la colocación del ascensor", añadió el portavoz, que puntualizó que la medida "consistirá en permitir la ocupación del espacio público necesario para instalar, adosada a la fachada, la 'torre de ascensor' en edificios con tipología de bloque abierto, en los que ahora la normativa no lo permitía".

El Ayuntamiento elaborará una Ordenanza específica que desarrollará aspectos relacionados con la estética y la integración de estos nuevos elementos en el paisaje urbano. "Se trata de una oportunidad singular para que miles de bloques que actualmente tienen una deficiente conservación, puedan mejorar su imagen incorporando elementos que en su conjunto transformen la imagen gris de algunos barrios", añadió el vicealcalde.

Hasta el momento, la Comisión de Seguimiento del Plan General había ya adoptado diversos acuerdos interpretativos de la normativa urbanística, de contenido flexibilizador, relativos a la instalación de ascensores en patios interiores o de manzana de edificios ya existentes, en espacios libres de propiedad privada y en fachadas de edificios residenciales, ocupando suelo privado.

Estas revisiones de la norma han facilitado la instalación de ascensores en edificios que carecían de esta dotación. Sin embargo, este tipo de instalaciones es imposible en los inmuebles en los que no existen ni patios, como es el caso del bloque abierto, ni caja de escaleras suficientemente amplia.

Contenido patrocinado