MADRID, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Madrid ha resuelto en dos años más de 1.200 solicitudes planteadas por la ciudadanía enmarcadas en el 'derecho a saber', ha destacado el área de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, encabezada por Pablo Soto.
Concretamente, desde la implantación del derecho a saber en el Consistorio, en diciembre de 2015, se han recibido 1.322 solicitudes y se han resuelto 1.226 hasta julio de este año. Los datos se han conocido este jueves, cuando se celebra el Día Internacional del Derecho a Saber.
El derecho a saber es la obligación de los gobiernos de responder a los ciudadanos que les preguntan por su gestión y también la obligación de publicar la información sobre lo que están haciendo los diferentes organismos públicos.
Para ejercer este derecho hay que acceder al Portal de Transparencia a través de una solicitud de acceso a la información pública. La dirección de email es el único dato obligatorio para que sea atendida. El Ayuntamiento de Madrid es la cuarta institución que más solicitudes recibe a nivel estatal, regional y municipal.
QUÉ SE PIDE
A grandes rasgos, la información que se puede obtener versa sobre las actividades y documentación que obre en poder del Ayuntamiento. La más solicitada es la relativa a contratación, presupuestos, memoria histórica, ayudas y subvenciones y gestiones relacionadas con distritos.
En la mayoría de las solicitudes, un 72 por ciento, la petición se ha estimado y se ha completado su tramitación hasta hacer llegar la respuesta. En un 18 por ciento de los casos se ha inadmitido y en un 5 por ciento de manera parcial. Se han denegado un dos por ciento de las solicitudes, se ha desistido en el mismo porcentaje y se han archivado en un uno por ciento.
Aunque la mayoría de solicitudes continúa su tramitación, las razones para no admitir alguna petición pueden ir desde referirse a información que se está elaborando o porque ya se publica; información de apoyo de notas, borradores, opiniones, resúmenes; información que requiere reelaboración; cuando no se tiene la información y se desconoce el competente o que tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad transparencia recogida en la ley.
También existen límites a la hora de solicitar información para los contenidos que puedan afectar a la seguridad nacional, la seguridad pública, la protección de datos personales o las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, entre otros.