Archivo - Calendario laboral en la Comunidad de Madrid. En 2026 serán fiesta el 1 de enero, 6 de enero, 2 de abril, 3 de abril, 1 de mayo, 2 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre (es domingo y pasa al 2 de noviembre), 6 de diciembre (es dom- Europa Press - Archivo
MADRID 1 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid tendrá este nuevo año 14 festivos, de los que dos serán locales y corresponden establecer a cada uno de los ayuntamientos, y con la novedad de que Todos los Santos (1 de noviembre) y el Día de la Constitución (6 de diciembre) se trasladarán al día siguiente.
Tal y como acordó el Consejo de Gobierno en el mes de septiembre, en la primera mitad del año serán festivos el 1 de enero (jueves), Año Nuevo; 6 de enero (martes), Epifanía del Señor; 2 de abril, Jueves Santo; 3 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo (viernes), Fiesta del Trabajo; 2 de mayo (sábado) Fiesta de la Comunidad de Madrid.
En la segunda, lo serán el 15 de agosto (sábado), Asunción de la Virgen; 12 de octubre (lunes), Fiesta de la Hispanidad; 2 de noviembre (lunes), traslado del Todos los Santos; 7 de diciembre (lunes), traslado de la Constitución Española; 8 de diciembre (martes), Inmaculada Concepción, y el 25 de diciembre (viernes), Natividad del Señor.
La competencia para fijar el calendario de festivos no laborables corresponde al Consejo de Gobierno, si bien esta cuestión se somete a consulta a los grupos parlamentarios representados en la Asamblea de Madrid, además de otras entidades e instituciones económicas y sociales más representativas de la región.