La Comunidad se personará en la causa de Caja Madrid para defender la aplicación de la Ley, "plenamente constitucional"

Actualizado: viernes, 2 octubre 2009 20:02

"Resulta lamentable que el Ayuntamiento involucre a la Casa Real para obtener el bloqueo del proceso, a partir de afirmaciones imposibles"

MADRID, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid anunció hoy que, como "interesada directa y legítima" en el proceso de Caja Madrid, se ha personado en la causa abierta en principio por el Ayuntamiento de la capital ante el Juzgado de Primera Instancia número 60 de Madrid para defender la Ley de cajas aplicada, que subrayó de "plenamente constitucional".

"La Comunidad de Madrid defenderá la aplicación del imperio de la Ley, plenamente constitucional, y velará por que continúe el correspondiente proceso electoral de renovación de los miembros de Caja Madrid cuyo mandato expira en 2009", señaló en un comunicado la Consejería de Economía.

En este sentido, señaló que "resulta lamentable que el Ayuntamiento de la capital involucre a la Casa Real para obtener el bloqueo del proceso electoral de Caja Madrid, a partir de afirmaciones imposibles", sentencia la Consejería.

Asimismo, anuncia que otras instancias deberán personarse en el proceso judicial, por "resultar claramente perjudicadas por las tesis del Consistorio madrileño", y haberlo ya manifestado ante la Comisión Electoral son los ayuntamientos de Alcalá de Henares, Aranjuez y Badajoz; la Cámara de Comercio e Industria de Madrid y el Parlamento Autonómico.

La suspensión cautelar acordada por el Juzgado de primera instancia nº 60 de Madrid, adoptada a instancia del Ayuntamiento de la capital contra un acuerdo de la Comisión Electoral de Caja Madrid, es una "medida excepcional y provisional que deberá ser resuelta en las próximas semanas, previsiblemente a favor de que prosiga con normalidad el proceso electoral de la Caja 2009", advierte el Gobierno regional.

En este sentido, destaca que es la segunda vez que el Ayuntamiento de Madrid acude a los tribunales para paralizar el proceso, pues "la misma maniobra se intentó en el mes de marzo, aunque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid levantó la suspensión, viendo clara la improcedencia de la petición del Ayuntamiento de Madrid".

Por otra parte, y cuando la juez llame a las partes, la Consejería considera que no tendría sentido que los servicios jurídicos de Caja Madrid se posicionasen en contra de la decisión de la mayoría de la comisión de control.

En este sentido, la Comunidad recuerda también que la Comisión Electoral de la entidad financiera desestimó el pasado miércoles la reclamación del Consistorio, por entender que la misma carece de toda fundamentación jurídica.

Según el sector mayoritario de esta Comisión, la tradicional renuncia de la Casa Real debe tomarse con la importancia que merece la Alta Institución, y "no utilizarse -como hace el Consistorio- para defender intereses particulares". "Entiende que el Ayuntamiento yerra al considerar que la carta de renuncia de la Casa Real, recibida en noviembre de 2008, es la encargada de resolver un hipotético conflicto de leyes, que el Ayuntamiento de Madrid inventa", insisten desde la Consejería de Economía.

Subraya además que, en la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2009, el legislador quiso decir expresamente lo que dijo: que las nuevas reglas de reparto introducidas en la reforma se aplican al proceso electoral en curso siempre y cuando no hayan recaído nombramientos.

"La voluntad del legislador autonómico es clarísima y el Ayuntamiento de Madrid tan sólo pretende retrasar un proceso electoral retorciendo argumentaciones que adolecen de todo rigor", indica Economía.

Además, opina que el Consistorio pretende reabrir ahora debates de constitucionalidad que han sido superados hace años. "Por ejemplo, sostiene que es inconstitucional la nueva previsión que recoge la Ley autonómica de repartir los representantes de la Entidad Fundadora de una manera no proporcional, acreciendo sólo a determinados sectores", destacó.

"Nuevamente incurre en error. Aunque antiguamente la LORCA establecía la obligación de que el reparto de los representantes de la Corona fuera proporcional entre el resto de sectores, en el año 2002 se modificó para permitir, precisamente, otros sistemas de reparto como el que ha establecido el legislador de la Comunidad de Madrid", plantea la Comunidad.

De hecho, recuerda que son varias las comunidades autónomas que, en uso de su legítima potestad normativa, han regulado la distribución del reparto de los fundadores del modo que han considerado más oportuno para los intereses de su región. En el caso de Valencia, el porcentaje de la Entidad Fundadora sólo se reparte entre los grupos de representación de los impositores y de los empleados. Otros ejemplos de regiones que dejan fuera a determinados sectores en el reparto del porcentaje correspondiente a la entidad fundadora que no está representada son: Castilla-La Mancha, Cataluña y Galicia.