MADRID 30 Abr. (EUROPA PRESS) -
La venta de menús de comida a domicilio, los parques recreativos infantiles o el uso del hilo musical en determinadas actividades quedan desde este martes regulados tras la aprobación por parte del Consejo de Gobierno de la modificación del Decreto 184/1998 de 22 de octubre por el que se aprueba el nuevo Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid.
Como ha informado el presidente de la Comunidad de Madrid en funciones, Pedro Rollán, el nuevo Decreto incorpora "cuestiones para generar una convivencia positiva entre los vecinos y los servicios de ocio y hostelería en la región, dotar de seguridad jurídica a los empresarios del sector y proteger los derechos de los consumidores".
Así, por ejemplo, se exige el adecuado "respeto a las medidas de salvaguarda de los valores medioambientales -como el ruido- que garantizan el descanso de quienes residen junto a establecimientos de ocio y restauración".
Además, la reforma introduce la definición de salas de creación y experimentación teatral y parques recreativos infantiles, así como la redefinición de las salas multiusos. También se redefinen las categorías de bar, cafetería o restaurante para permitir la venta a domicilio de menús, algo habitual hoy en día a través de internet, o la posibilidad de disponer de pantalla de televisión e hilo musical en determinadas actividades.
La revisión y actualización de dicho Catálogo, anunciada por el Gobierno regional en marzo del pasado año, cuenta con el apoyo de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), así como de representantes del sector de la restauración y el ocio y de la Federación de Municipios de Madrid (FMM).
Ya el pasado mes de marzo de 2018 el Gobierno regional anunció la intención de revisar y actualizar dicho Catálogo, que tras 20 años desde su entrada en vigor, "precisaba ser adaptado a las nuevas realidades de ocio y restauración existente en la región", entienden desde el Ejecutivo autonómico.
MAYOR CLARIDAD PARA LOS AYUNTAMIENTOS
El objetivo de la modificación del Decreto es incorporar al sistema legal de clasificación de establecimientos de ocio un nuevo régimen de ordenación, para que los emprendedores puedan someter al ayuntamiento correspondiente la solicitud de licencias de funcionamiento o modificación de la misma.
También se incluye, por ejemplo, que se pueda hacer compatible la existencia de dos o más actividades catalogadas -como restauración y música- en un mismo establecimiento, en cuyo caso deberán de adoptarse las pertinentes medidas de aislamiento acústico.
Se contempla además la introducción de nuevas variables en la categorización de los bares especiales, al establecerse la posibilidad de que en los mismos ya no exista la prohibición de bailar, la actividad musical de promoción en conciertos hasta determinada hora, o la posibilidad de solicitar la conversión de establecimientos incluidos en los Censos municipales culturales.
El Gobierno regional "mantendrá activo un grupo de trabajo que ha colaborado de manera estrecha en la elaboración y catalogación de las nuevas actividades recogidas en el Decreto". Este grupo de trabajo continuará trabajando a la hora de proponer la adaptación de la propia Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, a las nuevas realidades de ocio, restauración y protección ciudadana.