Condenada la Comunidad a pagar a una mujer a la que se le diagnosticó con retraso un cáncer de mama

Actualizado: martes, 27 marzo 2012 12:50
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En las primeras consultas le prescribieron un tratamiento en forma de pomada y le recomendaron el uso de un sujetador adecuado

   MADRID, 27 Mar. ( EUROPA PRESS) -

   La Sección 10 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio de Salud, dependiente de la Comunidad de Madrid a pagar 30.000 euros a una mujer a la que se le diagnosticó tardíamente un cáncer de mama.

   El TSJM estima parcialmente en una sentencia del 29 de febrero la solicitud hecha por la demandante, que reclamaba a la Administración un total de 280.000 euros por daños morales. Los hechos se remontan a mayo de 2006, cuando la paciente, de 44 años, descubre un bulto en su mama izquierda y decide ir a su médico de Atención Primaria en el centro de salud Castilla La Nueva, en Fuenlabrada.

   El médico, tras una exploración rutinaria, le receta una crema de progesterona y la remite al ginecólogo. El 1 de junio, la paciente acude al servicio de Ginecología del Hospital de Fuenlabrada, donde no se le diagnostica patología alguna recomendándole que continúe con el tratamiento dado por el médico de cabecera.

   Días después, concretamente el 6 de junio, la mujer acude de nuevo al centro de salud al ver que el bulto no disminuía a pesar del tratamiento. Una vez más los ginecólogos no encuentran patología alguna, le prescriben un tratamiento en forma de pomada y le recomiendan que utilice un sujetador adecuado al considerar que ese era el motivo de las molestias.

   Transcurrido más de un año, la demandante acudió una vez más a su médico de cabecera, el 26 de noviembre de 2007 y, de nuevo, fue remitida a su ginecólogo, quien por primera vez diagnostica un nódulo de mama. Un mes después le realizan una mamografía y a una posterior biopsia, encontrando un carcinoma que dio positivo para células malignas. En agosto comienza el tratamiento, pasando por una masectomía y radioterapia.

   La defensa de la demandante asegura que en el proceso se ha producido "una grave negligencia" por parte del centro de salud Castilla la Nueva y del Hospital de Fuenlabrada "por falta de medios protocolarios para el estudio de tumoraciones de mama" que ha provocado "un daño" en la recurrente por el retraso diagnóstico.

   La Sala comparte la tesis de que el servicio de ginecología del hospital de Fuenlabrada "no agotó los medios diagnósticos", lo que provocó "una dilación en el tratamiento y un desarrollo del tumor en magnitud no determinada".