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MADRID 17 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un hombre a 30 años de prisión por asesinar de tres puñaladas a su expareja en Getafe en noviembre de 2023, después de acceder en dos ocasiones a la vivienda de la víctima durante la madrugada y seguirla horas más tarde por la calle hasta acabar con su vida.
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se dicta tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, que le consideró autor de los delitos de asesinato con alevosía, allanamiento de morada y coacciones en el ámbito familiar. Además, absuelve al segundo acusado, al no apreciar el jurado responsabilidad penal en su actuación.
Según declara probado la resolución, el condenado mantuvo una relación sentimental con Carolina V. C., con quien se casó en julio de 2022 y convivió en Getafe hasta que ella puso fin a la relación en septiembre de 2023.
En la madrugada del 4 de noviembre de ese año accedió sin autorización al domicilio utilizando unas llaves que conservaba y, tras marcharse, volvió minutos después, iniciándose una discusión y un forcejeo durante el que trató de introducir a la mujer en su dormitorio y de arrebatarle el teléfono móvil, permaneciendo en la vivienda pese a que ella le pidió reiteradamente que se marchara.
Horas después, sobre las 13.42 horas, siguió a la víctima por una calle de Getafe, la alcanzó y, tras un breve intercambio de palabras y un forcejeo, le asestó dos puñaladas superficiales y una tercera en el torso que atravesó el corazón y el pulmón izquierdo, provocándole la muerte por un shock hemorrágico. La mujer también sufrió graves cortes en la mano izquierda al intentar defenderse del ataque.
El tribunal considera acreditado que el acusado actuó de forma sorpresiva, aprovechando la indefensión de la víctima y con la decisión de acabar con su vida al no aceptar la ruptura de la relación.
Asimismo, rechaza que padeciera una alteración psíquica que afectara gravemente a su capacidad de comprender sus actos, aunque sí consta que consignó 10.800 euros para hacer frente a futuras indemnizaciones.
La magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado concluye que los hechos constituyen un delito de allanamiento de morada, otro de coacciones en el ámbito familiar y un delito de asesinato con alevosía, al entender que el acusado aprovechó la situación de indefensión de la víctima para ejecutar el ataque mortal e impedir cualquier posibilidad de defensa eficaz.