Condenan al SERMAS por la muerte de un bebé tras sacarlo con fórceps

Actualizado: martes, 8 abril 2014 8:56
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MADRID, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

   La Sección 10ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al SERMAS al pago de una indemnización de 106.000 euros por la defectuosa asistencia sanitaria prestada a una paciente durante el parto, a la que aplicaron un fórceps, que derivó en la rotura de la médula del bebé, que murió a los pocos días.

   En concreto, los magistrados en su sentencia, tramitada por la Asociación del Defensor del Paciente, estiman el recurso contencioso administrativo interpuesto por los padres contra la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación formulada por ellos pidiendo una indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial como consecuencia del fallecimiento de su hijo recién nacido.

   Según ha explicado la propia asociación, el pasado 2009 la paciente, de 33 años, ingresó, a término de su gestación (38 + 5), en el Servicio de Urgencias del Hospital Universitario Príncipe de Asturias para ser sometida a una inducción del parto debido a su Diabetes Gestacional, mal controlada.

   Según las ecografías, el feto era grande para su edad gestacional. Al día siguiente, se le aplicó la anestesia epidural presentando una dilatación completa horas más tarde, pero el bebé seguía demasiado alto. Sin embargo, inmediatamente después procedieron a la extracción del bebe por vía vaginal, con uso de fórceps, que causó la rotura de la médula y otras lesiones al bebé, quedando en situación de tetraplejia. Finalmente, el niño falleció pocos días después.

   Durante el expediente de responsabilidad patrimonial, y tras la entrega de la historia clínica, los Servicios Jurídicos de 'El Defensor del Paciente' comprobaron "numerosas correcciones en documentos de suma importancia que el Servicio de Salud no tuvo en cuenta para desestimar la reclamación".

RELACIÓN DIRECTA

   El fallo concluye que "existe una relación de causa efecto entre los daños que padeció el feto en el momento de su nacimiento, en el que según se afirma el perito de la codemandada presentó signos y síntomas compatibles con haber padecido una lesión durante el expulsivo".

   Por su parte, el informe pericial aportado por la actora "afirma la relación entre el fórceps y la lesión causada de la medula espinal del feto, y, el informe de la inspección sanitaria concluye que parece inferirse la relación causal entre las maniobras aplicadas para la extracción fetal y la lesión medular alta sufrida por este".

   También destaca que son "llamativas" y que "no han sido convenientemente explicadas las correcciones realizadas a mano en los folios 65 y 67 del expediente administrativo, referidas al protocolo de intervención y al partograma".

   Se trata, dicen, de unas "correcciones manuales cuya realización y constancia en los citados documentos tan importantes en la valoración de los hechos y corrección de la existencia sanitaria prestada no han sido explicadas por la administración sanitaria desconociéndose, por tanto, en qué preciso momento se pudieron realizar y por quién se realizaron".

   "Abundando en las dudas de tales correcciones suscitan resulta que respecto al partograma, la inspección sanitaria reconoce que los diagramas de la cabeza fetal son muy poco precisos y no puede establecerse con claridad la evolución de la cabeza fetal en el canal del parto", destaca.