Los jóvenes que soliciten la deducción por alquiler de vivienda tendrán que estar al corriente del pago del impuesto TPO

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Publicado: lunes, 8 abril 2019 17:53

MADRID, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los contribuyentes menores de 35 años que quieran solicitar la deducción por alquiler de vivienda tendrán que estar al corriente del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO).

Hasta ahora no se había reclamado el pago de este impuesto desconocido para los inquilinos, pese a que está fijado a nivel estatal desde 1993, pero en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid de 2018 se estableció como condición para beneficiarse de la deducción por alquiler de vivienda para menores de 35 años estar al corriente de las obligaciones tributarias, como el TPO.

Así lo han confirmado a Europa Press fuentes de la Comunidad de Madrid, que han señalado que, al mismo tiempo, se aumentó la deducción de un 20 a un 30 por ciento, con un máximo de 1.000 euros, de las cantidades satisfechas durante el periodo impositivo por el arrendamiento de vivienda habitual.

Igualmente, se elevó la edad para aplicar esta deducción hasta los 40 años en caso de que el solicitante se encuentre en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid al menos 183 días durante el ejercicio, o bien tenga a su cargo, al menos, dos familiares, ascendientes o descendientes.

Desde la Comunidad de Madrid han explicado que el TPO "es un impuesto que puso el PSOE en marcha que ha estado en vigor 26 años", aunque "al comenzar a abonarse por Internet algunos ciudadanos dejaron de abonar un impuesto que permanecía vigente".

"No obstante, cada año más de 8.000 personas abonan el impuesto de Transmisiones Patrimoniales al alquiler", han recalcado.

Según han indicado desde la Administración regional, un alquiler de 1.000 euros mensuales tendría que abonar un importe anual de 48 euros por TPO por cada año de contrato.

Este impuesto se puede abonar "en cualquier momento", han aclarado, antes de asegurar que "el contribuyente que quiera acogerse a la deducción de alquiler puede pagar el impuesto antes de presentar la declaración de la Renta, sin que medie sanción".